Se abre la veda en los ríos leoneses

Esla, Porma, Órbigo y Sil son a priori las zonas más propicias para abrir una temporada en la que habrá que tener especial atención a la regulación para la pesca

Rodrigo Prado Núñez
31/03/2017
 Actualizado a 18/09/2019
Un grupo de pescadores, listos para una jornada en el río. | R.P.N.
Un grupo de pescadores, listos para una jornada en el río. | R.P.N.
El día uno de abril se abre la veda de la trucha en León. La Orden de vedas para el 2017, Orden FYM/1079/2016, de 19 de diciembre, establece entre otras normas que el periodo hábil para la pesca de la trucha en aguas de acceso libre de la zona norte, provincias de Burgos, León, Palencia y Zamora, sea desde el 1 de abril hasta el lunes 31 de julio, ambos inclusive y con las excepciones incluidas en los apartados provinciales. Se retrasa la apertura al 21 de mayo en los ríos Cares y Sella, en todo su recorrido por nuestra provincia.

Por otro lado, esta orden establece los periodos y días hábiles, tallas, cupos de capturas, cebos y señuelos, procedimientos y artes de pesca para cada una de las especies, así como sus excepciones. Todo ello, dentro de los principios de planificación del aprovechamiento de los recursos piscícolas en términos de sostenibilidad del mismo en cada uno de los tramos.

Para quienes se dispongan a pescar a cebo en los AREC es preciso recordar que en el Art. 7, 3 d) Pesca con lombriz, dice que; en las aguas en régimen especial controlado, AREC, solo se podrá pesca con lombriz los martes, miércoles y viernes no contemplados como días sin muerte, y con un único anzuelo de las medidas reglamentarias. Es importante tenerlo en cuanta para evitar posibles sanciones.

La apertura de los ríos Cares y Sella en todo su recorrido por la provincia de León se retrasa hasta el próximo 21 de mayoYa es como un recuerdo lejano la anterior temporada de pesca de la trucha. Se abre una nueva veda tras ese paro biológico que los peces necesitan para preservarse y reproducirse. Los pescadores sueñan pacientes con las nuevas aventuras que les esperan e imaginan los ríos a nuestro gusto, llenos de peces y de color. Son momentos de esperanza e ilusión, luego el río ira poniendo a cada uno en su sitio con su reglada naturaleza y el que solo busque peces se perderá gran parte de su grandeza.

Los pronósticos dan mal comienzo de temporada a causa de caudales irregulares para esta época y con aguas tomadas por la escorrentía de la nieve caída días atrás, pero el pescador no refrenará su ilusión y a buen seguro que los ríos se llenarán de señuelos en busca de ese primer pez que le alegre la jornada. También es día de fracasos y de sorpresas, no acertar con el sitio, con el señuelo o la suerte al revés hará que la apertura para algunos no sea el mejor día. Pero vendrán más, muchos más días, y el ríorecompensará con creces la afición.

Esla, Porma, Órbigo y Sil, a priori y por su regulación a la baja, son los que se presentan más atractivos para los aficionados a la pesca, para los de aquí, y para los muchos de afuera que con este motivo visitan la provincia. Los ríos naturales son una incógnita, a lo largo del invierno han discurrido con caudales muy bajos por la escasez de precipitaciones, pero estos días han cogido agua gracias al último temporal que sacudió la península. Los de la vertiente norte y central están supeditados a esas aguas frías y tomadas de la nieve derretida que dificultará la pesca a mosca, mientras que los de El Bierzo y zona sur presentarán sus caudales más propicios para la pesca a todas las modalidades. No obstante, la friura del agua y la sombra del cormorán, que todavía planea sobre sus cauces, mantendrán las truchas ocultas y reacias a tomar nuestros engaños. Suerte y buena pesca.

Un conflicto jerárquico que puede dar lugar a malas interpretaciones


El Articulo 8, procedimientos y medios de pesca, de la normativa anual para este año dice que; Cada pescador podrá utilizar simultáneamente una sola caña en aguas trucheras, y un máximo de dos cañas en aguas no trucheras. A los efectos anteriores se considera que se está utilizando una caña cuando el señuelo o cebo se encuentre dentro del agua o en su superficie.

Mientras que el Artículo 51, de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León. Uso de la caña y elementos auxiliares, dice que; 1. En aguas trucheras y en aguas ciprinícolas solo se permite la pesca mediante el uso de caña y retel en caso de pesca de cangrejos. Cada pescador podrá utilizar simultáneamente una sola caña en aguas trucheras, y un máximo de dos cañas en aguas no trucheras, de acuerdo con las condiciones que se fijen reglamentariamente. 4.; La tenencia en las masas de agua o en sus riberas y márgenes de un número mayor de cañas dispuestas para su uso inmediato y que incluyan cebos o señuelos se considerará a todos los efectos que se están utilizando para la pesca.

La Normativa Anual no puede contradecir lo dispuesto en la Ley de pesca por ser esta de un rango superior. Es por esto que, si portamos dos cañas montadas con sus correspondientes aparejos en las masas de aguas trucheras o sus riberas, la Ley nos considera en acción de pesca y por lo tanto estaríamos infringiendo. De tal manera que ante una probable intervención de los Agentes quedaríamos a merced de su criterio. Parece que estuviera en el ánimo del legislador complicar la vida de los agentes y del pescador.
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