Indemnizan con más de 11.000 euros al trabajador despedido por culpa del INSS

Más de dos años de trámites para que el Estado repare el daño producido por la errónea tramitación de una baja laboral

D.L. Mirantes
30/12/2019
 Actualizado a 30/12/2019
La nueva sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social en León. | MAURICIO PEÑA
La nueva sede del Instituto Nacional de la Seguridad Social en León. | MAURICIO PEÑA
Un dolor de espalda que jamás olvidará el trabajador al que el Estado tendrá que abonar 11.010,72 euros más intereses por un error burocrático. Ese dolor de espalda es lo que provocó el enredo de un leonés que perdió el empleo por una mala tramitación de una baja laboral por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Más de dos años enmarañado en el críptico papeleo de la Administración Pública. El encabezamiento de la última notificación da una idea del tamaño del monstruo y de sus capacidades: De arriba abajo, Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Secretaria General Técnica, Subdirección General de Recursos. Ante él, un trabajador corriente que un día despertó con dolor de espalda y de repente se vio cómo Josef K., el protagonista de ‘El proceso’ de Kafka. Peregrinaje por ventanillas, colección de formularios y, sobre todo, sufrimientos condensados en las siete páginas de la orden ministerial que pone fin a la reclamación de responsabilidad patrimonial en sentido favorable al leonés.

La no aceptación de la baja se comunicó a la empresa del interesado, pero "por error no se comunicó telefónicamente al trabajador, tal y como establece el protocolo" Los hechos se remontan al 28 de julio de 2017 cuando se inició el proceso de incapacidad temporal (IT) por la que recibió el alta el 7 de septiembre. El 22 de ese mismo mes el trabajador vuelve a caer enfermo por una dolencia diferente y ahí llega el error que desencadena todo. La Unidad Médica del Servicio de Valoración de Incapacidades (EVI) ni aceptó esa baja emitida por el Servicio Público de Salud ni obró diligentemente. Como recoge la orden ministerial a la que ha tenido acceso este periódico, la no aceptación de la baja se comunicó a la empresa del interesado, pero "por error no se comunicó telefónicamente al trabajador, tal y como establece el protocolo dela Dirección Provincial del INSS en León". Reconoce la orden que "como consecuencia de esta falta de comunicación, el trabajador no se reincorporó a su puesto de trabajo" y la empresa lo despidió mediante despido disciplinario.

A partir de ahí, el trabajador inició un pleito con la empresa que llegó hasta el Tribunal de Justicia de Castilla y León (TSJ). Pasó más de un año desde el despido para que el interesado pudiera aportar el auto de firmeza del TSJ que reconocía la improcedencia del despido. Auto que pudo aportar a la reclamación patrimonial que de manera paralela tramitaba ante el Estado. Más de ocho escalones, con sus pertinentes plazos, silencios, notificaciones y nuevos plazos, hasta llegar al informe favorable de la Abogacía del Estado y de la Comisión Permanente del Consejo de Estado.

Durante el proceso, según ha podido saber este periódico, el interesado gastó el paró que no habría gastado de no haber sido despedido, ocasionando importantes trastornos económicos, ya que tampoco recibió la indemnización por el despido hasta que no resolvió el TSJ. Además, el error del INSS, según la orden, situó al trabajador "en el trance de buscar un nuevo empleo". Es por ello que se determina la indemnización de 11.010,72 euros para compensar "la dificultad" para encontrar ese nuevo empleo. La cifra se calcula de acuerdo al sueldo que el interesado percibía en el momento de ser despedido y se incrementará con los intereses legales desde la presentación de la reclamación hasta la orden ministerial.

El camino parece concluir aquí para este trabajador, que ha ejecutado personalmente cada trámite, pese a no tener formación específica para ello. Autodidacta, con ayuda puntual de terceros, con muchas horas de lectura, mucha paciencia, perseverancia y convicción ha logrado que el daño sea reparado, el del dolor de espalda y los dolores de cabeza.
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