El TSJ rechaza el recurso del exalcalde de Cabañas Raras y confirma su condena por prevaricación y gestión interesada

Confirma que el exalcalde debería haberse abstenido en la adjudicación de una parcela a una sociedad de su propiedad

Ical
16/01/2024
 Actualizado a 16/01/2024
Juan Marcos López.
Juan Marcos López.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) rechaza el recurso presentado por el exalcalde de Cabañas Raras por el PP, Juan Marcos López, y confirma su sentencia a once años de inhabilitación para empleo o cargo público y seis meses de prisión por un delito de prevaricación y gestión interesada. El exregidor participó en la votación para adjudicar una parcela a una sociedad de su propiedad. 

El Tribunal considera probado el delito y reafirma que López, como alcalde de Cabañas Raras y administrador de una empresa veterinaria que optaba a una parcela para abrir un crematorio de animales, no debió participar en la votación para adjudicar ese terreno. 

Los magistrados añaden que no se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia, en el que se basaba la apelación. Por otro lado la sentencia del TSJ sí reconoce que el entonces alcalde podía tener escasos conocimientos jurídicos y tampoco cuestiona su deseo de conseguir empleo para su municipio, aunque asegura que "tales circunstancias, aunque formaran parte del relato fáctico que se trata de modificar no alterarían la calificación jurídica de los hechos".

Por todo ello se desestima el recurso, confirma la sentencia y le condena al pago de las costas. No obstante, todavía cabe recurso de casación contra esta sentencia. 

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