Cuando las barbas de Victorino veas pelar, pon tus neumáticos a remojar

Por Valentín Carrera

08/04/2019
 Actualizado a 18/09/2019
Incendio de la planta de neumáticos RMD en Ardoncino. | C.S. CAMPILLO (ICAL)
Incendio de la planta de neumáticos RMD en Ardoncino. | C.S. CAMPILLO (ICAL)
Los jueces, la Fiscalía General y los fiscales de medio ambiente, el SEPRONA de la Guardia Civil y las autoridades civiles, eclesiásticas y militares llevan décadas mirando para otro lado en materia de delitos ecológicos sangrantes, perpetrados por empresarios sin escrúpulos, pero el miedo ha comenzado a cambiar de bando.

No hay que ser Sherlock Holmes para ver los delitos ecológicos de las minas a cielo abierto, como el Feixolín, cuyo responsable sigue por ahí riéndose de todos, con el bolsillo forrado por las cuantiosas subvenciones que recibió de los sucesivos gobiernos del PP en la Junta de Castilla y León. Treinta y dos años dan para mucho…

Es difícil, viendo la desgracia del Feixolín, sostener la presunción de inocencia de Victorino Alonso, que hoy mismo se sienta en el banquillo de la Audiencia Provincial de León, con una petición de ocho años de cárcel. Estamos hablando de destrozos cometidos desde 1995 y denunciados en 2001, hace casi veinte años (visité el Feixolín en 2008 y publiqué mi denuncia entonces, con las fotos de Anxo Cabada, en el libro Viaje interior a la provincia del Bierzo: estamos hablando de un Lugar de Interés Cultural, enclavado en Zona de Especial Protección de Aves, parte de la Res Natura desde el año 2000 y Reserva de la Biosfera de la UNESCO desde 2004).

Solo el poder de la corrupción, y de los jueces y fiscales mirando para otro lado mientras los abogados enredadores enredan, explica que este pleito haya tardado más de diez años: Victorino Alonso, que se acaba de salvar de la cárcel por los pelos, por destruir un yacimiento neolítico en la Cueva de Chaves (Aragón), se las sabe todas, pero el miedo está empezando a cambiar de lado, y la sociedad repudia cada vez más los crímenes ecológicos. La sociedad, digo, que va por delante, muy por delante, de nuestros representantes políticos, también enredados.

No hace mucho, la Audiencia Provincial de León devolvió a un juzgado de Ponferrada las diligencias sobre un grave incendio forestal, donde el juez y el fiscal no veían mucha chicha, ordenando instruir como es debido. Y recientemente, el Auto 168/19 de la Audiencia enmienda de nuevo la plana, en este caso al Juzgado de Instrucción 2 de León, en el pleito de Ecologistas en Acción contra la empresa RMD Recuperación Materiales Diversos: pleito en el que el Ministerio Fiscal, alineándose con la empresa, tampoco «vio nada» y pedía la desestimación del recurso.

El asunto es de tal gravedad que el Fiscal General del Estado debería llamar al orden a quien no es capaz de ver indicios donde hay evidencias de delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Los vio desde el principio Ecologistas en Acción y los han visto con claridad los tres magistrados firmantes del Auto 168/19.

La cuestión es que en julio de 2015, en las instalaciones de la empresa RMD en Ardoncino, se quemaron más de 12.000 toneladas de neumáticos: incendio tan grave que requirió la intervención de la Unidad Militar de Emergencia. Julio 2015-abril 2019: cuatro años mareando la perdiz judicial. Ya se sabe: «La inspección técnica ocularde la Guardia Civil –dice el Auto– no observó señales de forzamiento ni rastros o indicios de intencionalidad», «el incendio pudo producirse en el apilamiento de un montón de plásticos, colchones… sujetos a combustión espontánea». Es lo que tiene los neumáticos, que entran en combustión espontánea y luego la empresa cobra de seguros Generalli un millón de euros por el siniestro (“aunque había pedido una mayor cantidad”, añade el Auto).

Ni la Guardia Civil ni el juez ni el fiscal vieron lo que Ecologistas en Acción denuncia y la Audiencia Provincial de León escribe con claridad: «El almacenamiento de estos plásticos cerca de los neumáticos no es conforme con la normativa sobre gestión de neumáticos fuera de uso (…) por lo que su presencia no puede ser fortuita».

El informe del CSIC que figura en autos concluye –sigue laAudiencia– «que es imposible el inicio espontáneo de un incendio en el almacenamiento de materiales férricos ni tampoco en el almacenamiento de neumáticos». Igual no fue la cosa tan espontánea… por lo que la Sala considera «si cabe plantearse la comisión por omisión en el delito de incendio por imprudencia grave del art. 358 del Código Penal».

«El delito contra el medio ambiente –afirma la Sala– no es un delito de resultado, sino de peligro hipotético». La cuestión no es si el acusado ha tenido un comportamiento idóneo, sino, desde la perspectiva «ex ante», si su conducta es potencialmente peligrosa, y concluye: «Esta conducta resulta evidente (…) por la contaminación atmosférica derivada del incendio, por la contaminación por aguas, etc.».

Si no hubiera sido por la denuncia y la apelación de Ecologistas en Acción, el asunto estaría sobreseído y otro empresario negligente se habría ido de rositas con un millón de euros en el bolsillo. Ahora el Juzgado de Instrucción 2 de León tendrá que continuar investigando, esperemos que con más sensibilidad: está en juego la salud de miles de ciudadanos. Cuando las barbas de Victorino veas pelar, pon tus neumáticos a remojar. ¡Arriba las ramas!
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