Condenan a un extrabajador de Digitex por boicotear a Telefónica

El condenado reveló en un foro de internet detalles de nuevas ofertas y servicios que la multinacional preveía lanzar y que conocía por su trabajo en el centro leonés

D.L.M.
13/02/2018
 Actualizado a 18/09/2019
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El juzgado de lo Penal número 1 de León ha condenado a un extrabajador de la empresa de telemarketing Digitex, subcontrata de Telefónica, por revelar información sobre ofertas comerciales de la multinacional de las telecomunicaciones antes de que fueran puestas en el mercado. Según se expone en la sentencia condenatoria entre las 11:32 y las 11:52 horas del día 21 de septiembre de 2014 el acusado «publicó un mensaje en la plataforma Gsmspain.com en que se indicaba que Telefónica iba a sacar una oferta de nuevos servicios y nuevas tarifas móviles que entrarían en vigor el 1 de octubre de 2014, apareciendo dos enlaces relativos a las ofertas». De acuerdo con los hechos probados expuestos en la sentencia, la publicación del ex empleado de Telefónica produjo «un perjuicio a la empresa Telefónica al haber podido tener conocimiento los competidores de dicha oferta antes de la fecha del lanzamiento oficial, lo que puede haber hecho que prepararan otras ofertas que contrarrestaran la de Telefónica».

Entre los principales argumentos sobre los que se construye la sentencia, pactada por las partes en litigio, el magistrado expone que «el acusado tenía conocimiento y acceso a esa información en virtud del trabajo que desempeñaba en Digitex».

Con todo ello el fallo supondrá para el exempleado de la empresa leonesa un año de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho al sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y una pena de 12 meses de multa con una cuota diaria de 4 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y abono de las costas procesales. Además, el condenado tendrá que indemnizar a Telefónica con 600 euros «por los perjuicios ocasionados».

El condenado también tendrá que abonar las costas del juicio, según constan en la sentencia emitida por el juzgado leonés.

Por otra parte, como se puede leer en el texto del fallo del juzgado número 1 de lo Penal de León, «tras la petición de sentencia de conformidad por ambas partes, el juez acuerda la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al acusado por un período de dos años, condicionada a que durante este tiempo el penado no delinca y a que abone la responsabilidad civil».

Por último, la sentencia concluye que el que la resolución es «firme» y sólo será recurrible «en el caso de que no se hayan respetado los requisitos o términos de la conformidad».
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