Sin sanción si se repone el daño ocasionado en el mobiliario público de San Andrés

El Ayuntamiento llevará este jueves a Pleno la aprobación definitiva de la Ordenanza sobre Protección de la Convivencia Ciudadana

L.N.C.
24/01/2017
 Actualizado a 06/09/2019
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La nueva Ordenanza Municipal sobre Protección de la Convivencia y Prevención de Actuaciones Antisociales de San Andrés del Rabanedo (León) permite evitar una sanción si se repone el daño causado en el mobiliario público. Así lo recoge el texto que tiene como principal objetivo disminuir comportamientos incívicos como los que han derivado en el destrozo de mobiliario urbano o la quema de contenedores, según informó el Consistorio en un comunicado.

Tras su aprobación inicial (con el respaldo del PSOE, el PAL y Ciudadanos) y el posterior periodo de alegaciones, en la que ningún vecino ha presentado propuestas, la ordenanza se llevará al Pleno ordinario previsto este jueves a partir de las 11.00 horas.

El Ayuntamiento estimó parcialmente las propuestas presentadas por las distintas formaciones de la Corporación Municipal. De hecho, sólo en el año 2016 se produjeron una veintena de incendios en el mobiliario urbano, afectando principalmente a contenedores, lo que provoca no sólo un importante deterioro de los bines públicos, sino también un desembolso económico para el Ayuntamiento.

La Ordenanza define conductas incívicas que degradan el municipio, tipifica las infracciones y determina las sanciones correspondientes en casos, por ejemplo, de daños y alteraciones de los bienes protegidos, pintadas en fachadas o rotura de árboles y plantas en zonas verdes de carácter municipal. Asimismo, da respuesta a la contaminación de espacios públicos con el depósito de residuos, basuras y enseres fuera de los espacios habilitados para ello, las heces de los perros abandonadas en vía pública e incluso comportamientos como los que llevan a algunas personas a miccionar en la calle.

También regula la obligatoriedad de tener los solares en perfecto estado de ornato y salubridad, así como los espacios ocupados por las terrazas de los bares o quioscos. En el caso de la graduación de las sanciones, se tendrá en cuenta la reiteración o reincidencia, la existencia de intencionalidad del infractor, la transcendencia social de los hechos y la gravedad o naturaleza de los daños causados. También se valorará la capacidad económica de la persona infractora, así como el riesgo o daño a la salud de las personas.

Para las infracciones leves, la ordenanza contempla sanciones de hasta 500 euros, desde 501 a 1.000 euros para las graves y desde 1.001 hasta 3.000 euros para las muy graves.
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