Mémora exige el pago del canon mientras la nulidad no sea firme

La asamblea de Serfunle analiza las alegaciones de su socio privado contra la declaración de nulidad del contrato que sirvió para crear la empresa mixta

Alfonso Martínez
31/01/2017
 Actualizado a 31/08/2019
Un instante de la asamblea de la mancomunidad de Serfunle. | DANIEL MARTÍN
Un instante de la asamblea de la mancomunidad de Serfunle. | DANIEL MARTÍN
La asamblea de concejales de la Mancomunidad de Servicios Funerarios y de Cementerio de León, San Andrés del Rabanedo y Villaquilambre (Serfunle) analizó ayer las alegaciones presentadas por la empresa Mémora contra la resolución adoptada el pasado 4 de octubre para declarar nulo el contrato suscrito por ambas partes para constituir una empresa mixta en 2003.

Se trata de Serfunle S.A., que es la sociedad que presta directamente los servicios funerarios. La citada nulidad se asienta sobre un dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León que fue solicitado por la mancomunidad y que argumenta la nulidad del contrato en un canon de gestión que fue ofrecido por la adjudicataria en su oferta pese a no estar incluido en los pliegos que rigieron el concurso. Ese canon ha supuesto desde entonces y hasta mediados del año 2015 el desembolso de 8,4 millones de euros por parte de la empresa mixta a su socio privado.

El asunto se destapó a raíz de una serie de informes del interventor de la mancomunidad en el que consideraba que esta oferta tendría que haber sido excluida en el momento de la adjudicación, pero fue aceptada por los técnicos que informaron la propuesta de adjudicación y posteriormente por la mesa de contratación de la mancomunidad.

Los técnicos eran el entonces gerente de la mancomunidad (ya fallecido) y el asesor económico, que a su vez es el secretario del consejo de administración de la empresa mixta y jefe del servicio de Asuntos Económicos del Ayuntamiento de León, Carlos Hurtado.

Una vez declarada la nulidad, Mémora ha presentado alegaciones y ha recurrido en los tribunales el acuerdo del pasado 4 de octubre que anula el contrato. En su escrito reclama a la mancomunidad el pago del canon de gestión mientras que la resolución de nulidad no adquiera firmeza o sea desestimada por el juez. La compañía cifra la deuda por el citado canon desde mediados de 2015 en 1.271.487 euros más IVA.

En otro orden de cosas, el concejal del PAL-UL en San Andrés del Rabanedo y representante del municipio en la mancomunidad, Francisco Gómez, aireó un providencia del servicio para la Defensa de la Competencia de la Junta en la que considera que la empresa mixta aplica una política de precios «discriminatoria» entre los clientes particulares y las compañías aseguradoras. No es la primera vez que esto ocurre, pero anteriormente se cerró el expediente mediante un compromiso de erradicar estas prácticas. En todo caso, a partir de ahora la empresa mixta tiene 15 días para formular alegaciones.
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