La falta de pruebas cierra sin juicio casi 5 de cada diez denuncias por maltrato

Hasta julio se presentaron en la provincia 460 denuncias por violencia de género

Isabel Herrera
01/11/2015
 Actualizado a 19/09/2019
Una orden de protección atribuye a la víctima el estatuto de mujer maltratada. | MAURICIO PEÑA
Una orden de protección atribuye a la víctima el estatuto de mujer maltratada. | MAURICIO PEÑA
El sobreseimiento judicial pone fin a una causa sin que ésta haya llegado a juicio, es decir, sin que llegue a resolverse sobre el fondo de la cuestión. Y así, sin juzgar al denunciado, es como terminan en León el 44,1% de los procedimientos abiertos por violencia de género, en su mayoría por «no estar justificada la perpetración del delito». Es el porcentaje que recoge el último informe de ‘La violencia sobre la mujer en la estadística judicial’ que trimestralmente publica el Consejo General del Poder Judicial. Este último, el referido al segundo trimestre de este año, cifra en 246 las denuncias presentadas en los juzgados de la provincia leonesa (fueron 214 en el informe anterior referido al primer trimestre, por lo que entre enero y junio suman 460 denuncias por violencia de género).

De los delitos ingresados (241), la mayoría fueron por lesiones y malos tratos. 173 fueron por menoscabo psíquico o lesiones menores (las que se recogen en el artículo 153 del Código Penal, dentro del apartado de la lesiones). Otras 21 denunciarían trato degradante o violencia física o psíquica, delito tipificado en el artículo 173 del mismo código dentro de las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Y otras tres denunciaban por lesiones más graves que precisaron no sólo de atención primaria, sino también tratamiento médico o quirúrgico.

Además de estos 197 delitos por lesiones y malos tratos, se registraban ocho asuntos ingresados por delitos contra la libertad, 21 por delitos contra la integridad moral, 8 por quebrantamientos de penas y 6 por quebrantamientos de medidas (el que resta fue por otros motivos sin especificar).

Pero además de las denuncias por delitos también ingresaban en los juzgados de la provincia 18 faltas, siete de ellas por injurias.

Órdenes de protección


Una orden de protección atribuye a la víctima el estatuto de mujer maltratada. El juez de instrucción –dice el artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal– dictará orden de protección para las víctimas de violencia doméstica en los casos en que, existiendo indicios fundados de la comisión de un delito o falta contra la vida, integridad física o moral, libertad sexual, libertad o seguridad de la víctima, resulte una situación objetiva de riesgo.

En León, entre abril y junio de este año, se dictaron 43 órdenes de protección con las pertinentes medidas penales (medidas privativas de libertad, salida del domicilio, alejamiento, prohibición de comunicación...) y/o civiles (atribución de la vivienda, suspensión de la patria potestad...).

De las mujeres a las que se concedió orden de protección, eran todas mayores de edad y, en su mayoría, de nacionalidad española, 37 de las 43. Además, la mayoría de ellas estaban casadas con la persona a la que atribuían los malos tratos: 21 tenían como cónyuge al denunciado, mientras que en seis de los casos eran exmaridos, en nueve la presunta violencia de género tuvo lugar en el marco de una relación afectiva y en otros siete casos la relación afectiva ya había terminado en el momento de los supuestos hechos.

Los hombres denunciados también fueron en su mayoría nacionales, 35, frente a los 8 extranjeros.  De los 31 que llegaron a sentarse en el banquillo de los acusados, 26 fueron condenados y cinco absueltos. El porcentaje es alto, un 83,9%, pero como se apuntaba al inicio, poco más de la mitad de los casos de violencia de género que se denuncian en los juzgados de León llegan a juicio.
Lo más leído