A juicio por defraudar 837.265 euros a través de una entidad entre los años 2006 y 2015

El acusado, socio junto a su padre y sus hermanos de una entidad, llevaba unos "libros no oficiales" de las cuentas con ingresos por encima de los declarados

11/03/2024
 Actualizado a 11/03/2024
El juicio se celebrará este miércoles, 13 de marzo, en la Audiencia Provincial de León. | SAÚL ARÉN
El juicio se celebrará este miércoles, 13 de marzo, en la Audiencia Provincial de León. | SAÚL ARÉN

Un delito de apropiación indebida sentará el en banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León este miércoles, 13 de marzo, a un varón para el que el fiscal pide una pena de cinco años de prisión y multa de once meses con una cuota diaria de diez euros. En sus conclusiones provisionales la Fiscalía señala que el acusado era junto a su padre y dos de sus hermanos socio de una entidad constituida en el año 1991. Esta entidad tenía por objeto social la comercialización al por menor de calzados, marroquinería, confección, semillas y artículos de jardinería en tres tiendas situadas en una calle de León capital en la que estaba el domicilio social de la empresa y en otra avenida de la ciudad, siendo cada uno de los socios titular de un 25 por ciento de las participaciones. Después del fallecimiento del padre, el fiscal indica que se adjudicaron a su viuda la propiedad de mil participaciones de las ocho mil en las que estaba dividido el capital social, así como el usufructo de otras mil. Se apunta también que desde su constitución, en el año 1991, hasta el 9 de diciembre de 2015, el acusado y su padre fueron administradores solidarios de la sociedad.


Entre los años 2006 y 2015, tal y como se recoge en el escrito, el acusado, como administrador de la entidad mercantil, «ejerció de hecho la administración en exclusiva de la sociedad» debido a la enfermedad con deterioro cognitivo que sufrió su padre hasta su fallecimiento en junio de 2016. No celebró ninguna junta general en la sociedad hasta la que tuvo lugar el 9 de diciembre de 2015, ni entregó copias de las cuentas presentadas en el Registro Mercantil a los restantes socios, "llevando unos libros no oficiales donde se registraban los ingresos que se percibían en las tiendas". En concreto, según esta documental recogida en el escrito del fiscal, "en el año 2006 se ingresaron 1.005.103,52 euros; en el año 2007 se ingresaron 908.619,13 euros; en el año 2008 un total de 814.507,73 euros; en el año 2009 hasta 873.642,04 euros; en el año 2010 los ingresos fueron de 872.160 euros; en el año 2011 de 800.818,23 euros; en el año 2012 alcanzaron los 802.042 euros; en el año 2013 bajaron a 646.943,40 euros; en el año 2014 se contabilizaron 677.730 euros y, en el año 2015, se ingresaron 696.020,90 euros". Esto dio un resultado total del periodo de  8.097.588,31 euros, cantidades que, según se explica, "no coincidían con los ingresos de la empresa declarados por el acusado", para lo que facilitaba unos datos de ingresos diferentes a la asesoría que le tramitaba las declaraciones fiscales y se encargaba de la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.


En particular, las cantidades declaradas fueron las siguientes: en el año 2006 se declararon 764.000,98 euros con IVA; en 2007 un total de 739.089,35 euros con IVA; en el año 2008 hasta 671.946,24 euros con IVA; en el año 2009 se declararon 712.766,46 euros con IVA; en el año 2010 se comunicaron 694.675,81 con IVA; en 2011 se declararon 638.759,43 euros con IVA; en 2012 hasta 546.390,76 euros con IVA; en el año 2013 se declararon 510.471,18 euros con IVA; en 2014 se comunicaron 595.868,41 euros con IVA, y en el año 2015 se declararon 613.785 euros con IVA. El total del periodo fue de 6.487.753,69 euros.


Cuotas defraudadas


Las cuotas tributarias que se habían defraudado, teniendo en cuenta esas dos contabilidades «no alcanzarían en ninguno de los ejercicios la cantidad de 120.000 euros», sostiene el fiscal, que señala que según el informe pericial «los beneficios reales de la sociedad en el período de 2006 a 2015 –teniendo en cuenta los ingresos reales por ventas que se reflejaban en los libros no oficiales que se llevaban de las tiendas, así como los costes necesarios para esas ventas– ascendieron a la cantidad de 837.265,64 euros, frente al resultado contable de ese periodo que el acusado hizo aparentar tanto ante la Administración Tributaria como ante el resto de los socios, de pérdidas de 41.092,70 euros, dando lugar a la disolución y desaparición de la sociedad». 


Así, se explica que "el acusado detrajo en su propio beneficio" esos 837.265 euros de los ingresos de la sociedad durante el período de 2006 a 2015, "beneficios de la entidad que no fueron repartidos entre los demás socios y que el acusado hizo suyos". Asimismo, consiguió que su madre ingresase en la cuenta de la empresa, de su patrimonio ganancial, la cantidad neta de 50.000 euros, de los que 10.000 se le reintegraron al año siguiente, y 28.694,82 euros en el año 2010. Mientras, en el año 2011 aportó a la empresa 2.845,20 euros; en el 2012 unos 4.823,43 euros; en el 2013 entregó 2.000 euros; en el 2014 aportó 10.000 euros y en el 2015 otros 5.000 euros.


Para el fiscal lo relatado constituye un delito continuado de apropiación indebida en concurso con un delito societario, considerando como "autor" al acusado y añadiendo que "no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal". Por eso, estima que procede imponerle una pena de cinco años de cárcel y una multa de once meses con una cuota diaria de diez euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas. 


Añade también que se haga cargo de las costas derivadas del procedimiento y que, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la sociedad, en liquidación, en la cantidad que hizo suya: 837.265, 64 euros. El inicio del juicio está previsto para las 9:30 horas de este miércoles, 13 de marzo, en la Audiencia Provincial de León.

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