Exigen medios para implantar la sede y registro electrónicos en las juntas vecinales

La Federación Leonesa de Entidades Locales Menores recuerda que el plazo es hasta 2020

L.N.C.
05/09/2018
 Actualizado a 19/09/2019
Imagen de archivo de una concentración en favor de las juntas vecinales. | MAURICIO PEÑA
Imagen de archivo de una concentración en favor de las juntas vecinales. | MAURICIO PEÑA
La Federación Leonesa de Entidades Locales Menores (FLELM) ha emitido un comunicado este miércoles exigiendo a nivel provincial, autonómico y estatal un “compromiso y una respuesta urgentes para una modernización eficaz y una adaptación progresiva sin esperar nuevamente al vencimiento del plazo fijado para 2020”, después de que este martes se publicaba en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 11/2018, cuyo artículo sexto modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en lo relativo a la entrada en vigor de las disposiciones que, entre otros, obligaban a todas las Administraciones públicas a la implantación de la sede y registro electrónicos, con un plazo que inicialmente vencía el próximo 2 de Octubre y que tras la entrada en vigor de esta reforma se prorroga otros dos años.

El 2 de ese año todas las administraciones públicas deberán contar con su propio el registro electrónico, así como cumplir con las previsiones del artículo 38 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cuanto a la creación y regulación de la sede electrónica, para lo cual tendrán que tener una página web desde la que habilitar estas herramientas para la ciudadanía, así como aprobar una Ordenanza que regule su uso y contenido.

Como se ha venido denunciando desde la FLELM, las entidades locales menores no han sido tenidas en cuenta en los proyectos y plataformas que durante este 2018 sí han estado intentando dar cobertura a los ayuntamientos, lo que supone una traba más en la actividad de las juntas vecinales, agravando la situación planteada con la Secretaría de la Juntas Vecinales, que a la vista del reciente auto del Tribunal Supremo que no suspende la vigencia del Decreto que regula esta figura, no puede ser desempeñada por los secretarios vecinos, por el riesgo de la anulación de los acuerdos adoptados si son impugnados. Por ello y a pesar de esta nueva prórroga de dos años, desde la FLELM se insiste en exigir a nivel provincial, autonómico y estatal un compromiso y una respuesta urgentes para una modernización eficaz y una adaptación progresiva de las juntas vecinales a la sede y registro electrónicos sin esperar nuevamente al vencimiento del plazo fijado para 2020.
Lo más leído