El TSJCyL rebaja la condena a un hombre en León por delitos contra la libertad sexual

Hay tres víctimas que presentan incapacidad intelectual, al igual que el agresor

27 de Febrero de 2024
Imagen de archivo del TSJCyL. | ICAL

La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado la pena impuesta el pasado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León a un hombre al que condenó por varios delitos contra la libertad sexual cometidos hacia tres víctimas diferentes; todas ellas personas con incapacidad intelectual reconocida, al igual que el agresor.

El dictamen recurrido y estimado en parte por el TSJCyL establecía penas de prisión que sumaban 15 años, con un máximo de cumplimiento efectivo de la condena de no más de nueve y una indemnización de 8.000 euros para cada una de las víctimas, y la condena de cárcel se rebaja ahora a 12 años.

Se mantienen el resto de las penas impuestas, como la inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas y las prohibiciones de aproximación y comunicación con respecto a las víctimas. Igualmente se aplicarán las medidas de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad.

En todos los delitos se aplicó la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal y las atenuantes simples de alteración psíquica y confesión tardía de los artículos 21.1 y 21.4 cuatro del mismo cuerpo legal. Contra el pronunciamiento del tribunal puede presentarse un recurso de casación.