La Audiencia Provincial de León alberga este martes, 5 de julio, a partir de las 09:30 horas el juicio a una mujer (identificada con las iniciales R.C.M.A.) por un presunto delito continuado de apropiación indebida, que aparece tipificado en los artículos 253.1, 249 y 74 del Código Penal.
El escrito de acusación de la fiscal del caso, al que ha tenido acceso este periódico, explica que la acusada, mayor de edad y sin antecedentes penales, procedió a sacar de la cuenta corriente de la que era titular su madre las cantidades de 120 y 300 euros el 25 de diciembre de 2019. Al día siguiente repitió la operación y sacó 100 y 100 euros.
La fiscal considera que se trata de un «enriquecimiento injusto», ya que «estas cantidades –que suman 620 euros– no han sido devueltas por la acusada a pesar de los múltiples requerimientos» y de la reclamación judicial.
Es por eso que en el escrito de acusación se establece una petición de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena. Además, tendrá que indemnizar a su madre con 720 euros, cantidad a la que se le aplicará el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
El escrito de acusación de la fiscal del caso, al que ha tenido acceso este periódico, explica que la acusada, mayor de edad y sin antecedentes penales, procedió a sacar de la cuenta corriente de la que era titular su madre las cantidades de 120 y 300 euros el 25 de diciembre de 2019. Al día siguiente repitió la operación y sacó 100 y 100 euros.
La fiscal considera que se trata de un «enriquecimiento injusto», ya que «estas cantidades –que suman 620 euros– no han sido devueltas por la acusada a pesar de los múltiples requerimientos» y de la reclamación judicial.
Es por eso que en el escrito de acusación se establece una petición de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante todo el tiempo de la condena. Además, tendrá que indemnizar a su madre con 720 euros, cantidad a la que se le aplicará el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.