Macías recupera en el juzgado la condición de socio de la ARMH y anuncia una denuncia contra Silva

El ex vicepresidente de la asociación pide que la junta directiva se retracte en público de las acusaciones ahora negadas por el juez

N. González
14/11/2015
 Actualizado a 15/09/2019
Santiago Macías, en compañía de su abogado. | C. Sánchez (Ical)
Santiago Macías, en compañía de su abogado. | C. Sánchez (Ical)
El ex vicepresidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, ARMH, Santiago Macías, ha recuperado su condición de socio de la organización en cuya fundación participó y de la que fue expulsado tras una asamblea en marzo de este año. El responsable del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ponferrada ha anulado el acuerdo de esta asamblea, cuyo resultado fue llevado por Macías a los tribunales, al considerar que las acusaciones con las que le retiraba la condición de socio no eran ciertas.

«Mi inclusión en marzo de 2011 en las listas del PSOE ha sido el verdadero motivo de todo esto, a pesar de que yo ya había presentado mi dimisión como vicepresidente y sólo era un socio más», expuso Macías que, sin embargo, recordó que el presidente de la asociación, Emilio Silva, ocupó durante varios años un puesto como cargo de confianza de IU en el municipio de Rivas Vaciamadrid, «por lo que quitó de los estatutos el impedimento de ocupar cargos para los puestos de confianza política».

Macías, que aseguró que había habido una «persecución política» hacia su persona, que finalizó en una asamblea que fue «un consejo de guerra del siglo XXI», afirmó que la junta directiva de la asociación ya no está legitimada para ocupar esta responsabilidad y reclamó su dimisión.

El ex vicepresidente de la organización anunció además que, si los responsables de la junta directiva no se retractan públicamente de las acusaciones que hicieron para expulsarle de la organización, iniciará acciones legales, incluso por la vía penal, contra dicha junta, por lo que considera calumnias.

«El juez las ha desmontado punto por punto y además el expediente en el que dicen que las recogían nunca existió», expuso Macías, subrayando una valoración que también se repite en la propia sentencia.

La resolución del juzgado indica además que los socios de la ARMH «en ningún momento consultaron el expediente» y que además se produjo «una total indefensión del demandante, así como se dio lugar a la confusión en la formación de la voluntad de los socios».

El expediente no se aportó


Dicho expediente, de hecho, no fue presentado en las actuaciones, y en él se aducía «maltrato a los familiares, voluntarios y compañeros, ausentarse de su puesto de trabajo o usar la furgoneta como vehículo propio».

Acusaciones que son rechazadas en la sentencia, en la que se indica que «analizados todos los hechos que se le atribuyen, ninguno de ellos resulta definitivamente probado o tiene entidad suficiente como para ser considerado efectivamente contrario a los intereses de la ARMH, sino meramente contrarios a los intereses de las personas que en ese momento rigen la junta directiva», apunta el juez. La sentencia continúa: «resulta evidente que éstas desean que su actividad no sea criticada, ni cuestionada ni puesta en tela de juicio, pero esto no debe entenderse como injurias o mentiras sino como el mero ejercicio de uno de los socios de su derecho a la crítica dentro de lo que el artículo 20 de la Constitución reconoce».
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