La deuda con los mineros por el IPC ronda los 18 millones

Continúa la batalla legal para que los prejubilados reciban estos atrasos del IPC tras la falta de acuerdo entre la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo

Estefanía Niño
20/10/2016
 Actualizado a 15/09/2019
Las estimaciones apuntan a que la deuda por minero prejubilado estaría cerca de los 6.000 euros. | MAURICIO PEÑA
Las estimaciones apuntan a que la deuda por minero prejubilado estaría cerca de los 6.000 euros. | MAURICIO PEÑA
Las deudas del Gobierno Central con el sector minero no se limitan a los incumplimientos con empresas y trabajadores en activo. El sector, terriblemente castigado por la falta de ayudas a la minería privada, la ausencia de un decreto de garantía de suministro a las centrales térmicas, las liquidaciones de grandes empresas, los despidos y los expedientes de regulación de empleo, suma también a su larga lista de agravios el impago de importantes cantidades a los mineros prejubilados. Unos impagos derivados del IPC desde el año 2011 que se traducen en un denso y largo proceso legal que por el momento no tiene fin.

El sector, terriblemente castigado, sigue sumando incumplimientos a su larga lista de agravios Las estimaciones sindicales apuntan a que la deuda por minero prejubilado estaría ligeramente por debajo de los 6.000 euros. En el caso de la provincia de León, las mismas fuentes indican queeste proceso podrían afectar, a grosso modo, a unos 3.000 trabajadores teniendo en cuenta los trabajadores del Bierzo, Laciana y la Montaña Central Leonesa. Una cifra que, siendo una aproximación estimada, supone que en conjunto a los mineros prejubilados en la provincia de León se les adeudaría la friolera de unos 18 millones de euros. A nivel nacional, se estima que la deuda de los atrasos por el IPC supera los 30 millones de euros. Una batalla más para el sector que parece no ser capaz de levantar cabeza ni aun cuando se trata de los trabajadores ya inactivos.

En 2011 el Ministerio introdujo un cambio en el real decreto que regulaba las prejubilaciones Para entender mejor esta demanda, cabe recordar que tanto la normativa vigente como los contratos de los prejubilados con la Entidad Gestora Minera recogen la regularización del salario garantizado al 100% del IPC real de cada año. Así las cosas, en el año 2011, el Ministerio de Industria introdujo un cambio normativo enel real decreto que regulaba las prejubilaciones, cambiandosignificativamente la normativa. En líneas generales, mediante este decreto suspendió para el año 2011 la regularización del IPC y anuló la de 2012.

En pocas palabras, la orden ministerial reconocía el derecho de los mineros a percibir estas cantidades, pero marcaba que no podía abonarlas. Comenzaba entonces el proceso legal con una demanda ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN), que falló a favor de los trabajadores. Sin embargo, el Ministerio de Industria recurrió el fallo ante el Tribunal Supremo, que anuló lasentencia de la AN considerando que no tenía competencia para juzgar un cambio en el real decreto. Se estimó entonces que no se trataba de una competencia propia de la Sala de lo Social, sino de una cuestión presupuestaria, entendiendo que la denuncia en todo caso debería realizarse por la vía administrativa. En ese momento, cambió el planteamiento inicial y se abría un largo proceso con reclamaciones individuales con un proceso contencioso-administrativo.
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