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"Yo por mi perro mato"

19/12/2017
 Actualizado a 18/09/2019
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Decía Gandhi que la grandeza de una nación y su progreso moral, podían medirse por el trato que reciben sus animales. No obstante, esta cita parece evidenciar para ciertos grupos sociales la mediocridad de muchas naciones o su desacompasado progreso moral en relación con otros ámbitos. Sin embargo, pese a quien le pese, algo parece estar cambiando, no sólo en la conciencia social de nuestro país, sino también en la de nuestro legislador.

Hasta hace unos años, podría decirse que el maltrato animal salía gratis en España. Fue a partir de la reforma del Código Penal de julio de 2015 cuando empezó a considerarse delito abandonar a un animal en condiciones de peligro para su vida o integridad, castigándose tal actuación conpena de multa de uno a seis meses de cárcel, así como la inhabilitación para tener animales y para ejercer cualquier oficio relacionado con ellos.

Sin duda, la reforma operada en el Código Penal hace dos años, supuso un paso adelante en la protección de los animales en nuestro país, pese a que otros países de nuestro entorno parecen aventajarnos en la carrera por el derecho animal.

Ya en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se reconocía a los animales la capacidad de sentir y se instaba a los estados miembros a que adaptasen su normativa para proteger a los animales del maltrato y asegurar su bienestar. En esa línea no pocos estados miembros han ido adaptando sus legislaciones en este ámbito, siendo Suiza una de las más avanzadas al respecto.

En España, la mencionada reforma del Código Penal recogió esta nueva sensibilidad social hacia el derecho animal, pasando a ser considerados en nuestro sistema, como un bien jurídico a proteger, no por formar parte del ecosistema o medioambiente, sino por ellos mismos, en contra de la corriente doctrinal anterior. Ello ha propiciado no sólo que nuestros tribunales se muestren cada vez más contundentes y severos a la hora de castigar la crueldad con los animales, sino que noticias y titulares en prensa evidencien una conciencia, sin duda, de desprecio social al maltrato animal.

Junto a las reformas operadas en el ámbito penal, nuestro país ha dado, la pasada semana, otro paso al frente en materia de Derecho animal. El anacronismo legal de nuestro sistema en el ámbito privado, que considera a los animales como «bienes semovientes», está abocado a desaparecer con la aprobación de la Proposición de Ley para modificar Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, que supone la superación de la «cosificación» jurídica de los animales en nuestro ordenamiento.

La aprobación de la Proposición de Ley, comienza ahora su camino parlamentario para dejar sentada la consideración de los animales como «seres vivos dotados de sensibilidad», que conllevará modificaciones enfocadas a concretar el régimen de custodia de los animales en crisis de pareja, la modificación en materia hipotecaria para evitar la extensión de la hipoteca a los animales, o la inembargabilidad de éstos, partiendo del especial vínculo que los une con la familia con la que conviven.

Con esta iniciativa, tal y como defendió el portavoz del grupo popular el pasado martes, «se humaniza a las mascotas y se les reconoce sus derechos, pero también implica obligaciones para los propietarios». Y, no le falta razón al Sr. Barrionuevo, pues con independencia de otros ámbitos a los que afecta la Proposición de Ley, es especialmente significativo el referido a la incidencia del estatuto animal en crisis de pareja. No en vano, hasta ahora nos encontrábamos con rupturas en las que los animales de la familia eran tratados como un mueble más dentro de la liquidación económica del matrimonio. A partir de ahora, sin embargo, se podrá concretar su régimen de custodia, bien mediante pacto de las partes, bien mediante la aplicación criterios propios para tomar la decisión judicial de entrega y cuidado del animal a una sola de ellas, establecer también una especie de custodia compartida, o preverse el reparto de tiempos de disfrute como una suerte de régimen de visitas de los animales. Todo ello, sobre la base de que debe primar el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal.

Sin duda, la unanimidad con la que ha sido aprobada la Proposición de Ley que supone un cambio en el régimen jurídico de los animales, supone, pese a que ya hay voces no exentas de crítica y que la tildan de insuficiente, un paso adelante en los derechos de los animales, aunque, en todo caso, por delante de los cambios legislativos está la evolución de la sensibilidad social y, es ahí donde hay que trabajar por conseguir el rechazo de la violencia y respeto de los derechos de todos, caminen a dos o cuatro patas, ya que como decía Kant, sólo «podemos juzgar el corazón de una persona por la forma en que trata a los animales».

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