Si bebes (o te drogas), no conduzcas

Cinco leoneses son cazados cada día al volante tras consumir alcohol o estupefacientes y la DGT está realizando controles intensivos por el puente y las cenas y comidas navideñas

Alfonso Martínez
07/12/2022
 Actualizado a 07/12/2022
Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura al volante es 0,0%. | DANIEL MARTÍN
Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura al volante es 0,0%. | DANIEL MARTÍN
Un gin tonic es suficiente para alcanzar el límite permitido para ponerse al volante (0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado). Si se consumen dos tercios de cerveza, el nivel de alcohol casi llega a duplicarse (0,43 miligramos). El consumo de alcohol y de drogas constituye uno de los principales factores de riesgo en los accidentes de tráfico y por eso la DGT está realizando esta semana controles intensivos en las carreteras (a través de la Guardia Civil) y las vías urbanas (en colaboración con las policías locales) a raíz del puente de diciembre y de las habituales comidas y cenas navideñas, que cada vez se adelantan más en el calendario.

Las estadísticas de sanciones en la provincia de León reflejan que durante el pasado año se impusieron un total de 1.944. Concretamente, 898 correspondieron a conductores que superaban la tasa de alcohol permitida y las 1.046 restantes se impusieron a personas que habían consumido drogas.

Los datos son sensiblemente superiores a los de 2020 –marcados por las mayores restricciones para hacer frente a la propagación del coronavirus– ya que entonces se habían contabilizado un total de 1.022 (una media ligeramente superior a cinco cada día), de las que 584 se debieron al consumo de alcohol y 438 a sustancias estupefacientes.

Si establecemos la comparativa con el año 2019, el anterior a la pandemia, observamos que las multas por haber bebido antes de ponerse al volante se han reducido (entonces fueron 1.417), mientras que las vinculadas a las drogas se han incrementado exponencialmente (el dato fue entonces de 642). Hasta tal punto es así que el año pasado fue el primero en el que estas últimas se situaron por encima de las multas por dar positivo en alcohol.

Ya a nivel general, la DGT quiere intensificarán estos días los controles sobre el consumo de alcohol y drogas, que es factor concurrente en un 31% de los accidentes mortales que se producen en nuestro país. En este sentido, la Memoria de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas de Accidente de Tráfico elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses correspondiente al pasado año refleja que en el 49,4% de los conductores fallecidos en carretera se detectó la presencia de alcohol, drogas o psicofármacos, aisladamente o en combinación. Además, el 75% de estos conductores positivos arrojó una tasa de alcoholemia igual o superior a 1,2 gramos por litro de sangre, lo que supone una intoxicación muy severa.

Además, la Estrategia Española de Seguridad Vial 2030 señala como una de sus áreas estratégicas la tolerancia cero con los comportamientos de riesgo, entre los que se identifica el consumo del alcohol y otras drogas como una conducta contraria a la seguridad vial.

Desde la DGT se insiste una vez más en recordar que la única tasa segura es 0,0% ya que, incluso dentro de los márgenes legales permitidos, nuestro riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado. Además, 0,0% es la tasa, tanto en sangre como en aire espirado, que deben respetar los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo tras la entrada en vigor de la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial el pasado mes de marzo.

Cabe recordar que la normativa actual establece en 0,25 miligramos por litro de aire espirado la tasa de alcohol general permitida en los conductores, aunque se reduce a 0,15 miligramos en el caso de los profesionales y de todos aquellos que acaban de sacar el carné.

En cuanto a las sanciones por la vía administrativa, conductor con una tasa de entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro de aire espirado supone una sanción de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné. Mientras, superar los 0,50 miligramos eleva la sanción a mil euros y seis puntos. Finalmente, en el caso de los reincidentes, la sanción es también es de mil euros y la pérdida de puntos puede ser de cuatro o de seis en función de la tasa que registren. Conducir con presencia de drogas en el organismo supone mil euros y seis puntos.

Los delitos

Mientras, el capítulo cuatro del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico. Concretamente, superar los 60 miligramos por litro de aire expirado o conducir bajo los efectos de las drogas puede suponer penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, se establece la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Finalmente, es preciso destacar quela negativa a someterse al control de alcoholemia o de drogas puede suponer prisión de seis meses a un año y retirada del carné de uno a cuatro años.
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