Se enfrenta a 2 años de cárcel por dejar tirado a su acompañante tras un accidente de coche

Llamó a un amigo tras el siniestro y ambos habrían llevado a la víctima, herida grave, hasta Santa María del Páramo, donde fue hallada en la calle

I. Herrera
20/02/2019
 Actualizado a 15/09/2019
Dos hombres serán juzgados el próximo 6 de marzo en el Juzgado de lo Penal número 1 de León como autores de un sendos delitos de omisión de socorro, pues según concluye el Ministerio Público en su escrito de calificaciones provisionales, abandonaron a su suerte al copiloto del vehículo que conducía el principal acusado tras sufrir un accidente en el que habría resultado herido grave.

Tal y como explica el fiscal, los hechos se remontan a una madrugada de diciembre de 2012 cuando el acusado conducía su coche acompañado del hoy perjudicado saliéndose de la vía y volcando en el término municipal de Villamañán. El copiloto, al parecer, resultó herido de gravedady el conductor llamó a un amigo, el otro acusado, que se desplazó hasta el lugar del accidente y, entre los dos, trasladaron a la víctima, de 67 años de edad en 2012, hasta Santa María del Páramo, donde le habrían dejado abandonado a su suerte en la calle «sin prestarle la menor ayuda sanitaria y sin comunicarlo al centro de sanitario o autoridad alguna, teniendo en cuenta que esa madrugada las temperaturas eran gélidas».

Allí, a la intemperie, debió permanecer el perjudicado durante más de una hora hasta que un vecino de la localidad lo descubrió y avisó al servicio de emergencias. El denunciante tardó en curar660 días, de los que 155 estuvo hospitalizado y 300 incapacitado funcionalmente. Además, le han quedado secuelas permanentes e irreversibles en la columna vertebral y la pelvis.

De acuerdo a estos hechos, el Ministerio Fiscal considera al conductor autor de un delito de omisión de socorro tipificado en el artículo 195.3 último inciso del Código Penal, es decir, no socorrer una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, pudiendo hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, haciendo sido la víctima herida «por accidente ocasionado por imprudencia», penado con prisión de seis meses a cuatro años.

Asimismo, imputa al amigo al que llamó y que le ayudó a llevar al perjudicado hasta Santa María del Páramo autor de un delito de omisión de socorro del tipo básico (artículo 195.1 del Código Penal) castigado con la pena de multa de tres a doce meses.

El fiscal pide para el primero una pena de prisión de dos años y, para el segundo, diez meses de multa con una cuota diaria de 20 euros. Asimismo, el que conducía el vehículo y su aseguradora, como responsables directos dice la acusación pública, tendrán que indemnizar al perjudicado en 1.240 euros por la hospitalización, 18.000 euros por los días impeditivos, 6.400 euros por los no impeditivos, 25.984 por las secuelas y 25.000 euros como factor corrector.

Las defensas de los acusados niegan que los hechos expuestos por el fiscal se ajusten a la realidad y aseguran que el denunciante no tenía ningún signo externo que indicara lesión alguna y que le dejaron donde él solicitó. Por ello, piden la libre absolución de sus representados.
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