Añade también que no se pudo localizar ningún bien de la empresa susceptible de ser embargado en vía de apremio, por lo que fue considerada finalmente como insolvente mediante la declaración de su deuda como ‘crédito incobrable’, todo ello a pesar de que la empresa seguía manteniendo actividad.
El fiscal explica, además, que el acusado era conocedor de las deudas con la Seguridad Social y que dejó de abonarlas "conscientemente", "organizando para ello una sucesión de empresas, todas ellas dedicadas a la hostelería, tratando de ocultar los ingresos reales y dificultando la función inspectora de la Seguridad Social". Dice también que dejó de presentar documentos de cotización de los trabajadores, haciéndolo ya con anterioridad con otra empresa de la que también era administrador único y con la que la deuda a la Seguridad Social ascendía a 137.989 euros y con una compañía más, por importe de 116.169,55 euros, estando la primera cantidad prescrita y la segunda también casi en su totalidad.
Para el fiscal, lo descrito es constitutivo de un delito de fraude a la Seguridad Social por el que procede imponerle la pena de dos años y nueve meses de cárcel, multa de 285.000 euros con responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada mil euros impagados y una indemnización a la Tesorería General de la Seguridad Social por la misma cifra defraudada: 133.425 euros, más las costas derivadas del procedimiento.
Condenas previas
En su escrito, la Fiscalía recoge también que el hombre había sido condenado anteriormente «en varias ocasiones» y cita dos sentencias concretas por un delito de robo con fuerza y por otro de daños.