Permisos de pesca reservados para las empresas turísticas

Cuentan con un 5% que va para los establecimientos de alojamiento, las actividades de intermediación y las empresas turísticas de prestación de servicios

Rodrigo Prado Núñez
22/12/2018
 Actualizado a 18/09/2019
Pescadores de León y Asturias disfrutando de permisos en el río Porma (coto El Condado I). | R.P.N.
Pescadores de León y Asturias disfrutando de permisos en el río Porma (coto El Condado I). | R.P.N.
El Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Pesca de Castilla y León, estableció en su artículo 7 que la dirección general competente en materia de pesca estableciera, mediante resolución, el porcentaje de permisos que se reservará para su adjudicación entre empresas turísticas, fijando unos máximos en cuanto al número de permisos adjudicados mediante este procedimiento.

La adjudicación de los permisos entre las empresas turísticas será por los procedimientos establecidos en los artículos 11 y 12 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, tras el sorteo que se realizará entre todos los solicitantes y se asignará una orden de prioridad para elegir los permisos reservados para esta temporada.

Esta reserva del 5% se asignará por su actividad y a través de los siguientes porcentajes:Establecimientos de alojamiento turístico: 40% de los permisos turísticos. Actividades de intermediación turística: 30% de los permisos turísticos. Prestación de servicios por parte de empresas turísticas: 30% de los permisos turísticos.

Cada empresa turística sólo puede presentar una solicitud, aunque luego realice varias actividades El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 15 de este mes y estuvo abierto desde el día uno. Cada empresa turística solo pudo presentar una solicitud, aunque realice varias actividades turísticas o su ámbito de actividad profesional sea supra-provincial. A cada solicitud registrada se le asignó un número correlativo en función del orden de presentación por actividad en la sede electrónica.

El día 8 de enero de 2019, a las 12:00, se realizará un sorteo público en la Dirección General del Medio Natural, en Valladolid, que determinará el orden de prioridad para la elección de permisos. La elección comenzará por los establecimientos de alojamiento turístico, seguidos de las actividades de intermediación turística y por último las de prestación de servicios de apoyo al ejercicio de la pesca mediante especialistas. Los especialistas de apoyo al ejercicio de la pesca deberán dedicarse profesionalmente a dicha actividad, cumpliendo a tales efectos la normativa que resulte de aplicación, pero hasta el momento la consejería competente en materia de pesca no ha establecido ningún requisito como cursos y credenciales que garanticen un adecuado nivel de conocimientos para el desarrollo de la actividad, resultando todo este proceso un tanto confuso.

Volviendo a las empresas turísticas, estas podrán elegir los permisos turísticos conforme a su orden de prioridad y en todo caso, el plazo de elección finalizará el 2 de marzo de 2019. La elección se realizará a través de la Sede Electrónica mediante la clave proporcionada por esta Dirección General. Los establecimientos de alojamiento turístico solo podrán elegir permisos de pesca de cotos correspondientes a la provincia donde radique la dirección del inmueble de pernoctación del pescador.

Máximo de diez diarios

Se establecen los siguientes valores máximos de elección por empresa turística: diez permisos turísticos en el mismo día, cuarenta permisos en la misma semana, doscientos permisos a lo largo de la temporada 2019. Conforme al artículo 11.3 del Decreto 33/2017, de 9 de noviembre, los permisos se reservarán a favor del adjudicatario hasta 15 días antes de su fecha de vigencia. Transcurrido ese plazo sin que hubieran sido abonados, se pondrán a disposición del conjunto de pescadores como permisos sobrantes. La empresa turística deberá abonar el permiso, admitiéndose como único medio de pago la tarjeta bancaria y una vez efectuado el pago recibirá el localizador mediante SMS o correo electrónico. Solo procederá la devolución del importe del permiso en los casos en los que la Dirección General hubiera acordado la suspensión de la pesca en la misma fecha y coto del correspondiente permiso.

El 8 de enero se realizará un sorteo público que determinará el orden de prioridad en la elección La empresa turística adjudicataria será la que facilite el permiso turístico al pescador, puesto que deberá estar en su posesión durante el ejercicio de la pesca. La empresa turística adjudicataria también está obligada a identificar al pescador receptor con al menos tres días de antelación a la fecha de validez del permiso de pesca turístico. El acto de cesión se realizará mediante medios telemáticos a través del acceso proporcionado por la Dirección General. Los datos mínimos de identificación del pescador consistirán en el número de licencia de pesca, nombre, apellidos, nº de D.N.I./N.I.E./ Pasaporte, domicilio, número de teléfono y correo electrónico. La ausencia de acto de cesión o la omisión de los datos de filiación indicados supondrá la anulación del permiso, aun cuando el importe del mismo hubiera sido abonado.
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