Objetivo: impulsar la actividad autónoma de las mujeres en los pueblos

Las ayudas se concederán por un máximo de 12 meses con el límite de tres convocatorias sucesivas por beneficiaria

Ical
04/08/2018
 Actualizado a 15/09/2019
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La Consejería de Empleo convocó subvenciones por valor de 80.000 euros para promover el inicio de actividad y la afiliación de las mujeres del medio rural en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con la finalidad de incentivar la creación del empleo femenino y la mejora laboral en el campo de Castilla y León. El periodo subvencionable comprende los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2017 y hasta el 30 de septiembre de 2018, siendo el plazo de presentación de solicitudes, el comprendido entre el 1 y 29 de octubre de 2018.

Según informó la Junta, las ayudas están destinadas a las mujeres del medio rural, residentes en municipios de la comunidad, con una población inferior a 10.000 habitantes, que se den de alta entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018, sin que el alta se vea interrumpida en ese periodo. Asimismo, aquellas mujeres del medio rural beneficiarias de las subvenciones convocadas para los años 2016 y 2017 que continúen en situación de alta como autónomas.

La cuantía de la ayuda se establece en tres tramos, en función de la edad. Las mujeres de 40 años o menos percibirán el 20 por ciento de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada en función de la base mínima de cotización y el tipo de cotización que establezca la legislación estatal; en el caso de mujeres de 41 y hasta 54 años, la mitad de la cuota por contingencias comunes de cobertura obligatoria, calculada según los mismos criterios; y el 75 por ciento de la cuota en el caso de mujeres que tengan 55 años o más y aquellas que tengan la condición de víctimas del terrorismo o de violencia de género, independientemente de su edad.

Las subvenciones se concederán por un máximo de 12 meses con el límite de tres convocatorias sucesivas por beneficiaria. Se considerará la edad que tenga la solicitante en el momento de la incorporación al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Por otra parte, el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
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