Montserrat y Triana recurren la sentencia que las condena por un delito contra la salud pública por posesión de marihuana

Las dos principales acusadas por el crimen de Isabel Carrasco fueron condenadas a año y medio de prisión y 3.000 euros de multa tras hallar cannabis en el registro de la vivienda

C.C.L.
04/11/2015
 Actualizado a 07/08/2019
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Las dos principales acusadas por el crimen de Isabel Carrasco, Montserrat González y Triana Martínez, han presentado un recurso de apelación contra la sentencia que las condena a un año y medio de prisión y a una multa de 3.000 euros a cada una de ellas por un delito contra la salud pública tras hallar en el registro de la vivienda de la hija tras el presunto asesinato de la entonces presidenta de la Diputación de León una bolsa, dividida a su vez en otras siete, con un total de 620 gramos de marihuana, que tendría un valor en el mercado de 2.854 euros. En ese mismo registro se intervino diverso material informático en el que se encontraron fotografías de las acusadas junto a una  plantación de marihuana que tenían en la localidad leonesa de Carrizo de la Ribera, por lo que el juez determinó que Montserrat y Triana "poseían la droga para traficar con ella".

En los escritos remitidos al Juzgado de lo Penal número 1 de León, uno por cada una de las acusadas, se presenta un único motivo, la presunción de inocencia. En el caso de Montserrat González, el escrito determina que, con las bolsas halladas en el registro y las fotografías en la plantación de Carrizo, no se puede determinar que las acusadas poseían la droga para traficar con ella. 

También justifican la posesión de marihuana porque tenía dolor de espalda, por lo que era de la madre y para consumo propio. Dolencia que piden que se compruebe a través del doctor que trató a Montserrat durante los últimos años y hasta su entrada en prisión. 

La sentencia también determinaba que el material fotográfico implicaba a ambas por igual, aunque la madre trató de exculpar a la hija. En el recurso de apelación presentado ante el Juzgado de León también justifica que la existencia de fotos con plantas de marihuana no supone tráfico, y que "por mucho que en las fotografías aparezcan varias plantas", solo eran cuatro. 

En cuanto al recurso presentado por la hija, Triana Martínez, determina que la convivencia familiar o que el hecho de que el piso en el que apareció la droga sea de su propiedad "no convierte por sí sola al sujeto en coautor". Tampoco creen que pueda deducirse la participación de la hija en un delito de tráfico de drogas, al margen de la convivencia, porque existan "unas desenfadadas fotos" en las que aparece junto a su madre en una plantación de marihuana.
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