Los nuevos cambios que endurecerán la ITV en un año

Los fabricantes deberán suministrar a las inspecciones técnicas información de más de 70 aspectos del vehículo

L.N.C.
03/05/2019
 Actualizado a 18/09/2019
Imagen de archivo.
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Nuevos cambios en los procedimientos de la ITV. La Comisión Europea aprobó el pasado 17 de abril un nuevo reglamento de ejecución relativo a la información técnica necesaria para las inspecciones técnicas de vehículos, que obliga a los fabricantes de automóviles a suministrar a los centros técnicos información sobre más de setenta aspectos del vehículo.

Así, deberán ofrecer en formato digital y con arreglo al número de identificación del vehículo, información sobre elementos relativos a los equipos de frenado, la dirección, la visibilidad, las luces, los dispositivos reflectantes o el equipo eléctrico. En concreto, afectará a elementos como los pretensores de los cinturones de seguridad, los airbags, el ABS o el ESP, según publica ABC.

El nuevo Reglamento, que pretende «facilitar la inspección técnica periódica de los vehículos a motor», afectará a los vehículos matriculados o puestos en servicio por primera vez en un Estado miembro a partir del 20 de mayo de 2018.

El texto, rubricado por Jean-Claude Juncker, presidente de la Comisión Europea, da un período de adaptación a los fabricantes que concluye el 20 de mayo de 2020. Para las nuevas matriculaciones, establece que la información técnica «se facilitará a más tardar seis meses después» de su registro».

El Reglamento establece excepciones en el caso de los vehículos individuales, de series cortas o de tipo nacional de series cortas; mientras que en el caso de los vehículos que hayan recibido una homologación de tipo por etapas, mixta o multifásica, el fabricante responsable de la fase específica de la construcción deberá comunicar al fabricante final la información técnica del sistema, componente o unidad independiente; y éste se la suministrará a los centros de inspección y a las autoridades.

El requerimiento de información afecta tanto a turismos como a vehículos comerciales e industriales de más de 3,5 toneladas. Puedes consultar en este enlace la información detallada que se requerirá a los fabricantes para las inspecciones técnicas

Emisiones

El nuevo reglamento amplía el proceso de digitalización de la inspección técnica, que comenzó el pasado septiembre. Desde esa fecha todas las estaciones trabajan con dispositivos de lectura OBD que comprueban el funcionamiento de los sistemas de control de emisiones (E-OBD), para coches fabricados a partir de 2006 (vehículos ligeros Euro 5 y Euro 6 – Vehículos pesados Euro VI).

La lectura E-OBD constituye una prueba complementaria (no sustituye) a las pruebas convencionales de gases de emisión/opacidad, que se seguirán realizando, adaptándolas a las nuevas tecnologías. En el caso de ser rechazado el vehículo por defectos en la lectura de la centralita E-OBD, no es necesaria la realización de la prueba de emisiones.
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