La Junta publica las ayudas a los autónomos de comarcas mineras

La Consejería de Empleo subvenciona los costes del alta de los emprendedores que inicien su actividad en los municipios mineros

L.N.C.
28/02/2016
 Actualizado a 03/09/2019
Las ayudas se podrán solicitar desde hoy en municipios mineros. | ICAL
Las ayudas se podrán solicitar desde hoy en municipios mineros. | ICAL
La Junta de Castilla y Leon publica este lunes en su sede electrónica, previo aviso en el Bocyl, la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de los costes del alta de aquellos emprendedores que inicien su actividad en los municipios mineros de la comunidad. De esta forma, la Consejería de Empleo establece subvenciones que ascienden a 300.000 euros para contribuir económicamente a paliar los costes derivados de la inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (Reta) de los emprendedores que hayan iniciado su actividad entre el uno de junio de 2015 y el 31 de mayo de 2016.

Los autónomos que se den de alta deberán estar empadronados en los municipios mineros de León y Palencia establecidos como ‘Municipios mineros muy afectados por la reestructuración de la minería del carbón’ en el Anexo del RD 112/2007, de 24 de agosto. En este Real Decreto se establece el régimen de ayudas al desarrollo de las infraestructuras en las comarcas mineras del carbón, señala un comunicado.

Los beneficiarios deberán estar en alta de forma no interrumpida durante el periodo subvencionable que es variable en función del inicio de la actividad, si bien la subvención se concederá por un periodo máximo de un año, siendo la subvención total acumulada de 900 euros. Los gastos subvencionables serán de 50 euros al mes durante los seis primeros meses, y de 100 euros cada mes durante el segundo semestre de actividad.

Apoyo complementario

Esta nueva convocatoria complementa la Tarifa Plana para Autónomos estatal actualmente vigente, y va a permitir que los desempleados de los municipios mineros que se den de alta como nuevos autónomos, «prácticamente no paguen» cuota a la Seguridad Social durante el primer año. Por otra parte, los nuevos autónomos no tendrán que hacer frente a pago alguno en concepto de cuota a la Seguridad Social, durante los seis primeros meses.

En el caso de víctimasde violencia género, víctimas del terrorismo o personas con discapacidad, el periodo subvencionable se extenderá a los 12 primeros meses, lo que implicará, en estos supuestos, la total gratuidad de los costes de seguridad social durante los doce meses objeto de la subvención.

Los solicitantes deberán incorporar, en el documento presentado para la subvención, el alta en el Reta, la acreditación del pago de las cuotas a la Seguridad Social del periodo subvencionable y el certificado del empadronamiento.

Por otra parte, la Junta aprobó un importante incremento, para 2016, de los fondos destinados a financiar la contratación de trabajadores por parte de los ayuntamientos mineros.
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