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La dichosa Ley de D’Hondt

26/03/2019
 Actualizado a 19/09/2019
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Hay que reconocer que el doctor belga, Victor D’Hondt, nos trae a todos de cabeza y más en esta etapa de batalla política y de ciclogénesis explosiva electoral. Y es que el buen belga, en 1878, creaba un sistema de representación proporcional para solucionar el modo de reparto de los escaños en relación a los votos obtenidos por cada partido político, y aun hoy, seguimos dando vueltas al asunto.

Pero la realidad es que la culpa no la tiene D’Hondt, y menos el sistema de representación en sí mismo puesto que, les guste más o menos, es de los más fiables que existen. Comparado a otros métodos, es el más equitativo y fácil de aplicar. El problema deriva en que no hemos sabido adaptar la nueva situación política a dicho sistema de representación; algunos de los tertulianos (falsos gurús) en diferentes medios proclaman que la solución es sencilla y está en subir el porcentaje en el que un partido puede entrar en la obtención de escaños, por debajo del mismo no obtendrían representación alguna. Pero vayamos por partes pues no es tan sencillo como comentan, cabe decir que dicho porcentaje actualmente se sitúa en el 3%.

La primera dificultad de conformar un nuevo sistema de representación o método de reparto de escaños, estriba en que viene reconocido en la Constitución Española; su artículo 68 es claro al respecto (resumiendo): El Congreso, se compone de entre 300 y 400 Diputados (actualmente 350 según la Ley Electoral vigente); el 3% como marca a superar en votos para poder optar a representación en la Cámara, y el sistema elegido es la fórmula de divisores de D’Hondt. La intención en la nueva etapa democrática de dicha elección estaba clara: por un lado disminuir la representación que podían obtener partidos como el Partido Comunista de España, por otro dar cabida a la representación de las Comunidades de País Vasco y Cataluña con sus respectivos partidos Nacionalistas; ‘Crassus Errare’, emboscada sin salida que llevaremos a cuestas por muchos siglos. Con todo lo dicho, para realizar modificaciones en materia constitucional, ya se pueden imaginar la dificultad de la empresa. Por otro lado, los partidos que en su momento obtuvieron mayorías suficientes para realizar dichos cambios (mayorías absolutas del PP y PSOE respectivamente), optaron por mantener el ‘statu quo’ obviamente sabedores de que el sistema actual favorece a los partidos que obtengan más del 20% de los votos en el territorio nacional o autonómico, y penalizando a los que no lo alcancen.

La situación en la que nos encontramos, donde hay presencia de numerosos partidos de nueva creación (Sistema Polarizado: PSOE, PP, PODEMOS, Cs, VOX...), ha modificado radicalmente la situación de antaño y podemos anticipar que algunos se arrepentirán de no haber realizado los cambios solicitados por una amplia mayoría social. Como decíamos, numerosos ‘gurús informativos’, buscan soluciones mágicas y rápidas a esta situación, acudiendo a dos factores principalmente: Reducir el número de escaños a menos de 350, o aumentar el porcentaje de exclusión al 5 %, pero numerosos estudios de Ciencia Política demuestran, en el caso de España, que estas medidas no cambian en gran medida la situación y si cabe la agravan. El sistema de partidos fragmentado español, reduce el coeficiente electoral resultante de la aplicación de la fórmula Matemática de Ingeniería Electoral elaborada por D’Hondt, favoreciendo al partido mayoritario. En la situación presente, con unos porcentajes tan próximos y parejos entre partidos según las encuestas ¿Cómo repercutirá el resultado de la aplicación de la fórmula de reparto de escaños?

Cabe recordar que hasta el momento, partidos con representación del voto homogéneo en todo el país como Izquierda Unida, sufrían la perdida de escaños en la Cámara a consecuencia de la aplicación dicha fórmula electoral; por otro lado, favorecía a partidos con un voto concentrado en su comunidad autónoma como el caso del Partido Nacionalista Vasco, que con menor número de votos que Izquierda Unida, obtenía más escaños en el Congreso de los Diputados. Como apunte, cabe decir que estamos hablando como si del Senado se tratara, puesto que el Senado es la Cámara habilitada para la representación de las provincias y por ‘ende’ de las comunidades autónomas de nuestro país (representación territorial). ¿No es esta la deficiencia que habría que dirimir? ¿No sería más factible buscar un sistema de representación, en el que el Congreso de los Diputados, fuese verdaderamente la Asamblea de representación de los ciudadanos y no de los territorios como lo es actualmente? Así de fácil y así de sencillo; ahora bien, en la situación actual, con una dificultad extrema de conformar mayorías, donde obtener una mayoría absoluta por un solo partido es una utopía… será muy difícil realizar los cambios necesarios para revertir la situación.Sé que me están pidiendo un ejemplo para el caso leonés aplicando la Ley D’Hondt, y no duden que en breve así lo haré.No puede faltar nuestra cita del día:Tras un recuento electoral, sólo importa quién es el ganador. Todos los demás son perdedores. Winston Churchill.

Pedro Villanueva es politólogo
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