La Audiencia juzga a un grupo que robó en 2008 piezas de arte en iglesias y ermitas

Los hechos se remontan a 2008, cuando los acusados, de forma "perfectamente planificada", actuaron en templos en un radio de 150 kilómetros de Logroño

R. Álvarez
19/03/2023
 Actualizado a 19/03/2023
Cuatro acusados se sentarán en el banquillo de la Audiencia Provincial de León este lunes, 20 de marzo, por unos hechos que se remontan a 2008. Según explica el fiscal en sus conclusiones provisionales, entre los meses de enero y noviembre de ese año asaltaron y sustrajeron diversos objetos de arte sacro y religioso en iglesias y ermitas ubicadas en lugares aislados o poco habitados del entorno rural y en un radio máximo de 150 kilómetros de distancia de Logroño, localidad desde la que operaban. Lo hicieron, en opinión de la Fiscalía, de forma «perfectamente planificada y organizada» y, una vez destapada la trama e identificados, el caso se instruyó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Ponferrada.

La actividad criminal era dirigida y controlada «de forma directa» por el acusado A.R.R., según el relato del fiscal. Él era el dueño de una tienda de antigüedades y trasladaba a los otros tres (M.J.B., A.M.I. y M.N.G.) las necesidades comerciales que tenía. Así, en el escrito se indica que enviaba «órdenes expresas» para que el grupo consiguiera angelotes, cuadros, clavos, barros o cualquier otro objeto artístico. Además de dar las órdenes, también suministraba los medios materiales al resto de los acusados para facilitarles la actividad delictiva, como gasolina para los vehículos en los que se desplazaban e incluso la compra de un coche para este fin. Una vez cometido el delito, A.R.R. se quedaba con los objetos robados por sus compañeros, a los que pagaba una cantidad acordada en función de los resultados y de su rapidez a la hora de seguir sus órdenes. Además, el fiscal incide en que su «grado de control» sobre los otros tres «era tan elevado que le permitía incluso abroncar» al resto y «recriminarles sus posibles faltas de celo o eficiencia» a la hora de llevar a cabo los trabajos que les encargaba.

El escrito recoge algunos de los asaltos, como el cometido a la iglesia de Villalomez (Burgos) el 27 de febrero de 2008, de la que se llevaron cinco columnas policromadas y tres crismeras metálicas, objetos que se recuperaron y se restituyeron en el transcurso de la investigación. Asaltaron también la iglesia de Hozabejas en octubre de 2008 y, tras romper la puerta de acceso, se llevaron dos guardapolvos, cinco candelabros de distintos tamaños, dos columnas de madera policromada, tres lámparas de metal, un facistol de madera, un platillo de vinajeras, un portacirios, un incensario y una columna de madera. Estos elementos también se recuperaron y restituyeron durante el transcurso de la investigación. Forzaron también la puerta de un pajar no habitado en la localidad de Arlanzón (Burgos) el 22 de agosto de 2008 y la de la Iglesia de San Roque de la localidad de Santa Olalla de Valdivieso (Burgos), en octubre de 2008, de donde se llevaron un atril de madera que también se pudo recuperar. Entraron también a la fuerza en la Ermita de Nuestra Señora de los Remedios de la localidad navarra de Sesma entre junio y julio de 2008, de la que se llevaron una serie de objetos que también fueron localizados. Por último, subraya que forzaron la ermita de Cenicero (Navarra) en noviembre de 2005, en este caso, y de ella se llevaron una pintura con marco dorado en la que se representaba a Nuestra Señora de la Merced, que también fue recuperada.

La causa ha permanecido paralizada, sin actividad procesal significativa, entre los años 2009 y 2017 «por circunstancias totalmente ajenas a la voluntad de los acusados», según reconoce el fiscal, que recuerda también que el arzobispado de Pamplona ha renunciado al ejercicio de las acciones que le pudieran corresponder. Y ahora que los hechos llegan a juicio, la Fiscalía considera que constituyen un delito de asociación ilícita que atribuye a A.R.R. «como director efectivo de la asociación», mientras que el resto son sus «simples integrantes», y otro delito «continuado» de robo con fuerza en las cosas que considera que cometieron los cuatro. Señala, además, que concurre la agravante de reincidencia en el caso de M.N.G. respecto al segundo de los delitos y también la atenuante «muy cualificada» de dilaciones indebidas que afecta a todos ellos.

Respecto a las penas, reclama para A.R.R. tres años y nueve meses de cárcel –a razón de 15 meses por el primero de los delitos y 30 por el segundo–, 11 meses de multa con una cuota diaria de seis euros y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, además de su inhabilitación especial para empleo o cargo público por un periodo de cinco años. Por su parte, para los acusados M.N.G.. A.M.I. y M.J.B. pide dos años y seis meses de prisión por el segundo de los delitos y 9 meses más por el primero, además de nueve meses de multa con una cuota diaria de seis euros para M.N.G. y M.J.B. y de cuatro euros para A.M.I. y una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.
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