Juzgan a un matrimonio que realizó operaciones por valor de 596.000 euros en perjuicio de una empresa

La esposa, que era socia de la mercantil junto a otra mujer, aprovechó la baja maternal de esta para llevar a cabo "diversos actos fraudulentos"

R. Á.
20/02/2022
 Actualizado a 20/02/2022
Imagen de archivo. | DANIEL MARTÍN
Imagen de archivo. | DANIEL MARTÍN
Cuatro años ymedio y cuatro años de cárcel es la pena que el fiscal considera que se debe imponer a un matrimonio por un delito societario en concurso medial con otro de administración desleal (en el caso de ella) y exclusivamente de administración desleal (en el caso de él). Los hechos, que se juzgarán este lunes en la Audiencia provincia de León, tuvieron lugar en el año 2017, cuando la acusada y su esposo, "puestos de común acuerdo" y en perjuicio de la empresa de la que ella era socia junto a otra mujer, aprovecharon la ausencia de esta última por baja maternal para llevar a cabo "diversos actos fraudulentos", según figura en el escrito de acusación de la Fiscalía.

Así, el 2 de febrero de 2017, por ejemplo, realizaron un reintegro en efectivo de 1.300 euros de la cuenta mancomunada sin la firma ni la autorización de la otra socia y, de forma continuada, procedieron a efectuar cargos de tarjetas bancarias en la cuenta, "muchos más reintegros en efectivo" o a solicitar, activar y utilizar tarjeras de crédito a su cargo, siempre sin autorización. El escrito de Fiscalía destaca también que existen contratos en los que no se ha facturado ni ingresado nada, cantidades pendientes de facturar y de cobrar correspondientes a contratos firmados o ingresos que provienen de cursos celebrados sin contrato.

Además, incide en que los datos económicos expresados en algunos contratos "no se corresponden con los realmente facturados y cobrados", dando lugar a un desfase entre lo facturado por la empresa y lo dejado de ingresar, provocando todo ello "un importante perjuicio patrimonial a la sociedad que asciende, según un informe pericial, a 596.000 euros".

Además de la petición de penas de cárcel, el fiscal estima que el matrimonio debe indemnizar conjunta y solidariamente a la mercantil en la cantidad de 596.000 euros, la misma en la que se estima el perjuicio patrimonial cometido contra ella. No obstante, refleja que esta cifra se incrementará con los intereses que se devenguen conforme a la ley.
Lo más leído