Everest niega que hubiera "salida patrimonial" de la caja del grupo

Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil culpa del concurso a los gestores por préstamos indebidos entre las empresas de la editorial

D.L. Mirantes / D. Rubio
07/05/2016
 Actualizado a 14/09/2019
Las instalaciones de Everest en el Polígono de Trobajo del Camino. | MAURICIO PEÑA
Las instalaciones de Everest en el Polígono de Trobajo del Camino. | MAURICIO PEÑA
El Juzgado de lo Mercantil de León ha condenado a la empresa matriz de Everest a la devolución de 15.683.120 euros «indebidamente obtenidos de la caja de la concursada, así como al pago de las costas procesales» en las sentencias recaídas en los procedimientos concursales de las entidades Editorial Everest SA, Editorial Evergráficas SL y Everest Ediciones y Distribución SL.

No obstante, las sentencias pueden ser recurridas por los gestores, la familia López Varela, que en un comunicado enviado a los medios ayer mostraba su disconformidad con las valoraciones del juez.

En este sentido, los propietarios de Everest consideran que «tanto las resoluciones judiciales recaídas como la propia Administración Concursal reconocen que las dificultades económicas que han derivado en la situación concursal de las empresas citadas no es otra que la caída de las ventas derivada de la crisis del sector editorial, en ningún momento ninguna salida patrimonial hacia personas físicas o entidades ajenas al grupo y a su actividad».

Según los directivos del grupo empresarial «las resoluciones judiciales recaídas reconocen que las salidas patrimoniales de Editorial Everest SA tuvieron como única finalidad apoyar a otras empresas del grupo y costear gastos de la propia actividad editorial, fundamentalmente nóminas de los trabajadores. En ningún momento se ha expuesto, ni por parte del Juzgado de lo Mercantil de León, ni por parte de la Administración Concursal, ni por ningún órgano o autoridad, que haya habido ningún tipo de salida patrimonial del grupo ni ningún movimiento de caja que no fuera destinado a costear los costes de la actividad en una situación de crisis de ventas».

Desmienten "que se haya constatado judicialmente que ninguna persona de la familia haya causado daño al grupo La familia argumenta que «las sentencias reconocen sin ningún género de duda que en ningún momento ha habido ningún enriquecimiento por parte de la familia López Varela durante la gestión de la crisis» y afirma que «se ha acreditado, y en ningún momento se ha discutido, que la familia López Varela ha apoyado personalmente al grupo en los dos últimos años en un importe directo de más de tres millones de euros, así como mediante la prestación de garantías a favor de acreedores por casi siete millones de euros».

Por otra parte, para los López Varela «es rotundamente falso que se haya constatado judicialmente la existencia de déficit concursal, esto es, de un saldo negativo entre el activo y la deuda total de las empresas concursadas». En la misma línea desmienten «que se haya constatado judicialmente que ninguna persona de la familia haya causado daño al grupo y deba abonar indemnización alguna».

No obstante, en las sentencias se falla la inhabilitación para administrar bienes ajenos durante dos años de los cinco hijos del fundador del grupo editorial, administradores de las tres empresas en concurso, por «agravar negligentemente la situación de las empresas». Además los López Varela perderán sus derechos como acreedores concursales.
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