Entran en vigor las medidas urgentes de agricultura y alimentación

Entre ellas está la prohibición de establecer precios por debajo del coste de producción y la de la venta a pérdidas

Ical
27/02/2020
 Actualizado a 27/02/2020
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El real decreto-ley que aprobó el Consejo de Ministros el martes con medidas urgentes sobre agricultura y alimentación entrará en vigor este jueves. Así lo prevé el texto del decreto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicado este miércoles en el BOE.

El ministro Luis Planasdijo tras el Consejo de Ministros del martes en la presentación del decreto que aunque se va a tramitar en las Cortes como proyecto de ley para la incorporación de sugerencias del sector y de los grupos de la oposición, las medidas a adoptar son urgentes y por ello entrarían en vigor al día siguiente de su aparición en el boletín oficial.

El artículo segundo del decreto, dedicado a la ampliación a cuatro años del pago del impuesto por jóvenes agricultores, surtirá efectos desde el 1 de enero de 2020. Lo dispuesto en el artículo tercero, sobre la rebaja de 35 a 20 las peonadas requeridas en Andalucía y Extremadura para el cobro del subsidio agrario, será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de la fecha de entrada en vigor del decreto y hasta el 31 de diciembre próximo.

Por consiguiente, las medidas más llamativas del decreto, como las prohibiciones de establecer precios por debajo del coste de producción y la de la venta a pérdidas, así como las promociones engañosas y la sanciones previstas por incumplimientos, serán de aplicación ya mañana en las tiendas y en los contratos entre los eslabones de la cadena.
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