El TSJCyL rectifica y exime al PP de Astorga de pagar las costas del Contencioso del voto nulo

El partido había presentado un recurso de aclaración porque "en la imposición justifican que no proceden pero el fallo condena a pagar las costas"

P. Ferrero
01/07/2019
 Actualizado a 18/09/2019
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) rectifica su sentenciaal PP de Astorga de pagar las costas del Contencioso del voto nulo. Así lo han manifestado en una nueva resolución en la que se especifica que «ha lugar la rectificación de la sentencia dictada en este recurso, y en consecuencia del Fallo III, donde dice ‘con imposición de costas recurrente’, debe decir ‘sin hacer expresa declaración en materia de costas personales’». Definitivamente, la desestimación del recurso no conllevará costas para el PP, que ha agotado sus vías ordinarias para solicitar la validez de la papeleta que les daría la victoria en concejales en el Ayuntamiento de Astorga.

Esta nueva resolución viene como respuesta al recurso de aclaración presentado por el partido astorgano, al que esta sentencia le parecía «de película» por éste y otros asuntos por los que también se planteaban recurrir al Constitucional. «En la imposición justifican que no proceden las costas pero el fallo condena a pagar las costas, es una incoherencia, se contradice», explicaba el candidato popular, José Luis Nieto, al conocer esta sentencia, el pasado día 25.

Por su parte, el PP provincial, según señaló su dirigente, Juan Martínez Majo, fue claro en las declaraciones y aseguraba que el recurso de amparo se llevaría a cabo porque, en palabras del presidente «al menos se han vulnerado cinco derechos, entre ellos el Derecho a la Tutuela Judicial Efectiva y a la Participación Política. Aseguró que sí acudirán, «de manera inmediata», al Consistucional, «y solo pido que lo admita a trámite», explicó. Palabras que habían sido ya expuestas por el candidato popular astorgano, que días antes criticó que el criterio fiscal «no es igual en unos y otros sitios».
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