El TSJ ordena demoler varias construcciones en Pradorrey

Condena al Ayuntamiento de Brazuelo al haber permitido al empresario Andrés Carrera a levantar instalaciones sin licencia

Alfonso Martínez
12/08/2020
 Actualizado a 12/08/2020
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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha dictado una sentencia en la que condena al Ayuntamiento de Brazuelo –enclavado en la comarca de la Maragatería– a llevar a cabo la demolición de diferentes construcciones impulsadas por el empresario Andrés Carrera durante los últimos años en la localidad de Pradorrey sin ajustarse a la normativa urbanística en vigor.

De esta forma, el TSJ revoca la sentencia previa que había dictado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de León y estima parcialmente el recurso planteado por el empresario José Nieto Blas, fundador y socio principal de Cecinas Nieto.

Cabe recordar que la primera resolución también estimaba en parte la demanda planteada, pero no ordenaba la demolición de ninguna construcción ilegal denunciada como se pedía.

La sentencia anula el acto administrativo impugnado, que se basa en la desestimación por silencio administrativo de las peticiones planteadas en un escrito de denuncia urbanística presentado el 4 de enero de 2016 por Nieto en el Ayuntamiento de Brazuelo con el objetivo de alertar de las construcciones ilegales en unas fincas que son colindantes a las suyas.

Las edificaciones

Las construcciones en cuestión están en el punto kilométrico 329 de la N-VI, en la localidad de Pradorrey. El Ayuntamiento de Brazuelo aprobó el 17 de mayo de 1999 la licencia urbanística para una nave destinada a albergar una fábrica de ataúdes e impulsada por Andrés Carrera. La sentencia dictamina que dicha licencia no está en cuestión, pese a que el recurrente la considera también irregular, puesto que han transcurrido más de cuatro años desde el final de la obra.

Distinta es la situación de las diferentes ampliaciones de dicha nave que se han ejecutado en los últimos años. En concreto, las nuevas naves y el silo que se sitúan en la parte trasera de la finca, así como el edificio administrativo ubicado en la parte delantera de la finca, clasificada urbanísticamente como suelo no urbanizable, «han sido construidos sin licencia urbanística y sin autorización de uso», lo que comporta una infracción urbanística «grave», según se relata en la sentencia.

Los representantes legales de Nieto aseguran en un comunicado que esta resolución judicial –ante la que aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo– llega «tras más de cuatro años de litigio y más de 20 años de continuas e innumerables denuncias previas formuladas frente a Andrés Carrera por la sucesiva y continuada promoción y construcción de unas grandes instalaciones en suelo no urbanizable y el ejercicio en su interior de distintas actividades irregulares». Fabrica de ataúdes, almacén y explotación ganadera (esta última ya clausurada) son esas actividades que se han permitido en virtud del «irregular y arbitrario» proceder en la gestión municipal durante años.

En este sentido, los representantes legales de Nieto creen que «se ha consentido y tolerado, cuando no provocado, esta grave situación irregular urbanística y ambiental», limitándose a «no hacer nada» ante las «innumerables denuncias urbanísticas» del recurrente. «Han permitido o tolerado por la vía de los hechos que las instalaciones se ampliasen con total impunidad durante años y se ejerciesen en su interior distintas actividades ilegales de fabrica de ataúdes almacén o granja de animales en perjuicio de nuestro cliente, que se ha visto afectado por tales irregularidades como vecino inmediato del lugar y titular de una fabrica de productos cárnicos», señalan finalmente los representantes de Nieto.
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