El TSJ confirma los 4 años de prisión para un hombre que traficaba con droga

El detenido y su cómplice viajaban a Vilagarcía para traer mercancía a la comarca, donde fueron detenidos en una gasolinera de Ponferrada

L.N.C.
26/06/2018
 Actualizado a 30/08/2019
El TSJ se pronunció sobre la sentencia de la Audiencia provincial. | L.N.C.
El TSJ se pronunció sobre la sentencia de la Audiencia provincial. | L.N.C.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha procedido a desestimar los recursos de apelación presentados por J.C.D.D. contra la sentencia de la Audiencia Provincial de León que lo condenó a cuatro años de prisión y al pago de una multa de 10.000 euros por haber cometido un delito contra la salud pública, después de que la Guardia Civil de Ponferrada lo detuviera en junio de 2016 con 100 gramos de cocaína en el interior de su vehículo.

Al tiempo, el auto del TSJ desestima el recurso presentado por el cómplice, del primer autor, J.R.M.A., condenado a dos años de prisión y a pagar una multa de 5.000 euros.

Los hechos de los que se les acusa se remontan a 2016, cuando fueron detenidos en un área de servicio de la autovía A-6, en Ponferrada, tras un seguimiento al que estaban sometidos por los agentes, que conocían los viajes que ambos realizaban a Vilagracía de Arousa frecuentemente, con la intención de conseguir mercancía de después vendían en la zona berciana. En el momento de la detención portaban 100 gramos de cocaína de una pureza del 76 por ciento, con un valor de mercado de casi 6.000 euros.

La operación, bautizada como ‘Fornela’, identificó al cómplice como conductor, aunque el auto del TSJ considera plausible que éste tuviera un “grado mayor de implicación en el negocio”, lo que podría elevar el delito cometido a la categoría de autoría compartida, “más verosímil”, dice el alto Tribunal en el auto que la justificación de que llevaba a su compañero a ver a su familia.  

El auto del TSJ rechaza el quebrantamiento de normas y garantías procesales aducido por el condenado J.C.D. por la colocación de un sistema de seguimiento en el vehículo. Considera que el mismo supone una intromisión "mínima" en sus derechos y se produjo tras las sospechas de los agentes, que más tarde fructificarían en el conocimiento del delito. Pero además, apunta que la colocación del artefacto fue "autorizada por un juez competente"

Contra la actual sentencia, aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.
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