El Procurador insta al Ayuntamiento a someter los foto-rojo a control metrológico

Una conductora multada acudió a la institución autonómica para que estudiara estos dispositivos

L.N.C.
04/04/2021
 Actualizado a 04/04/2021
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El Procurador del Común ha emitido una resolución en la que insta al Ayuntamiento de León “a valorar la conveniencia de someter, en aras de la seguridad jurídica” a un control metrológico a todos los sistemas de foto-rojo que tenga instalados en el municipio. El pronunciamiento tiene como origen una queja de una conductora por disconformidad con una multa proveniente de una denuncia de uno de esos aparatos y que dio lugar a un expediente sancionador en materia de tráfico.

La institución que preside Tomás Quintana considera suficientemente fundado que el foto-rojo hace mediciones, tanto en el terreno lumínico como del tiempo que transcurre entre los diferentes estados semafóricos, ya que dispara las fotografías cuando se produce un cambio de fase en el semáforo, “por lo que si las mismas se emplean en un expediente administrativo sancionador, debería estar sujeto a control”.

El control metrológico se aplica para comprobar el funcionamiento de equipos o sistemas de medida que puedan influir en la transparencia de cuestiones como las transacciones comerciales, la salud o la seguridad de consumidores y afecta también a la seguridad vial.

La resolución añade que en los procesos de naturaleza sancionatoria se debe tener presente la necesidad de respetar el principio constitucional de presunción de inocencia, de modo que la Administración no puede sancionar sino en virtud de pruebas de cargo obtenidas de manera constitucionalmente legítima, “con la consecuencia de que la falta de acreditación de los requisitos de verificación conlleva que no pueda tenerse por acreditada la comisión de la infracción que dio lugar a la incoación del expediente sancionador” al que alude el caso.

Por ello, el Procurador considera que el Ayuntamiento de León debe valorar la procedencia de “revocar, por razones de legalidad y seguridad jurídica, la resolución sancionadora recaída en el expediente citado, acordando la devolución de las cantidades que resulten procedentes”.
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