El Procurador del Común advierte sobre la retribución del alcalde de Lillo

De este modo da la razón al PP en sus denuncias a propósito de los acuerdos adoptados en los plenos municipales celebrados en mayo y julio del 2019

E. Niño
27/07/2020
 Actualizado a 27/07/2020
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El Procurador del Común ha dado la razón al grupo popular municipal de Puebla de Lillo en sus denuncias a propósito de los acuerdos adoptados en los plenos municipales celebrados en mayo y julio del 2019, tal y como señala en un comunicado el portavoz del PP en el municipio, Jesús M. Fernández Llanos.

Así, en cuanto al pleno de urgencia celebrado en mayo de 2019 tras las alegaciones a los presupuestos municipales presentadas por el grupo popular y en el que se acabó revocando el presupuesto aprobado, el Procurador del Común resuelve que dicha urgencia no queda justificada y que «si lo que pretendía era corregir errores advertidos en el presupuesto ya aprobado inicialmente sin acudir a la revisión de oficio del acuerdo, que habría sido el cauce formal adecuado, pudo al menos someter de nuevo al Pleno el presupuesto con los errores corregidos para su aprobación inicial, acordar un nuevo plazo de exposición pública y continuar los trámites para su aprobación definitiva».

En lo referente al pleno de julio del 2019, en el que se aprobó que el alcalde realizaría sus funciones en régimen de dedicación parcial con una retribución anual de 23.348,55 euros, se resuelve que esa cantidad excede del límite fijado por Ley en los municipios de menos de 1.000 habitantes, y que no debe ser superiora los 22.776,63 euros en dedicaciones parciales del 50 por ciento, como es el caso.

Del mismo modo, el Procurador del Común advierte que en cuanto al régimen retributivo de las cuantías por asistencia a las sesiones de los órganos municipales «llama la atención que la cantidad fijada por asistencia a la Junta de Gobierno sea el doble que la establecida por asistencia a pleno, y que la asistencia a la comisión de coordinaciónde concejales delegados supere el triple de la cantidad por asistencia a pleno o, en comparación con la asistenciaa cualquier otra comisión, la cantidad percibida sea cinco veces mayor que cualquiera de estas últimas…» por lo que resuelve que el pleno debe iniciar el procedimiento de revisión de oficio de los acuerdos adoptados el 2 de julio de 2019 sobre el régimen retributivo de los miembros de la Corporación.

Finalmente, el Procurador del Común insta al Gobierno municipal a dar publicidad en el portal de transparencia disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento a las retribuciones económicas que anualmente se perciben por parte del alcalde y los concejales.
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