El Ministerio de Cultura decidirá si el salto del Pelgo pasa a BIC

La Junta ha confirmado que no es competente para ello pero que ha trasladado la petición formulada por la plataforma ciudadana a Madrid

M.I.
17/01/2022
 Actualizado a 17/01/2022
El Salto del Pelgo fue una de las imágenes más fotografiadas durante los paseos de pandemia.
El Salto del Pelgo fue una de las imágenes más fotografiadas durante los paseos de pandemia.
La Junta de Castilla y León comunicó al presidente de la plataforma ciudadana Salvemos El Pelgo, Fernando Mallo, que la declaración BIC de bienes afectos a servicios públicos gestionados por el Estado corresponde al Ministerio de Cultura y Deportes.

La Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León, con respecto a la solicitud de la declaración de Bien de Interés Cultural de El Salto de El Pelgo (presa, embalse y central hidroeléctrica), en los municipios de Toral de los Vados y Corullón ha comunicado concretamente que “por aplicación del artículo 6b) Ley 16/1985, de 26 de junio, del Patrimonio Histórico Español, le corresponde al Ministerio de Cultura y Deporte la declaración de Bien de Interés Cultural cuando se trata de bienes afectos a servicios públicos gestionados por el Estado, como es el caso de las Confederaciones Hidrográficas. Por ello, en este caso, la Junta de Castilla y León no es competente para llevar a cabo la declaración que solicita”.

La Junta de Castilla y León ha dado traslado, no obstante, de la solicituda la Subdirección General de Gestión y Coordinación de Bienes Culturales de la Dirección General de Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte, órgano encargado de estudiar la solicitud y, en su caso, de tramitar el correspondiente expediente de declaración de Bien de Interés Cultural”. Este órgano deberá notificar su decisión a la Plataforma y, en el caso de que proceda la incoación del expediente, este deberá resolverse en el plazo máximo de veinte meses a partir de la fecha en que hubiere sido incoado.

Según el artículo once de la Ley de PHN, la incoación de expediente para la declaración de El Pelgo como Bien de Interés Cultural, de iniciarse, determinará para el Salto la aplicación provisional, desde ese momento, del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés culturalen dicha ley, es decir, el máximo nivel de protección.
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