El Foro por la Memoria pide que se retire el nombre de la avenida Carrero Blanco

La asociación ha registrado una moción en el ayuntamiento "para que se cumpla la Ley de Memoria Democrática"

L.N.C.
30/05/2023
 Actualizado a 30/05/2023
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El Foro por la Memoria ha registrado en el Ayuntamiento de León una moción para solicitar la retirada inmediata y urgente de la Avda. Carrero Blanco del callejero de León, en cumplimiento de la actual Ley de Memoria Democrática vigente y que se sigue incumpliendo en nuestra ciudad.

La sociedad española, pasados más de 40 años del fin de la dictadura militar franquista y en los que se ha producido un desarrollo democrático, debe abordar la relación con nuestra Memoria Democrática, teniendo en cuenta que recuperar dicha memoria es la forma más firme de asentar nuestro futuro de convivencia y paz.

En este sentido, es imprescindible eliminar de una vez por toda la simbología y las nomenclaturas callejeras que conviven con nosotros en los espacios públicos o privados de uso público y que exaltan los valores, símbolos o personas vinculadas con la dictadura franquista.

La Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022, de 19 de octubre, BOE núm. 252, de 20/10/2022) regula en su Artículo 35. Símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática. “1. Se consideran elementos contrarios a la memoria democrática las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial”.

Regulando en el Artículo 37.4. que “para la ejecución de lo ordenado, la administración competente podrá imponer multas coercitivas, hasta diez sucesivas por períodos de un mes y en cuantía de 200 a 1.000 euros, según la entidad del elemento a retirar, con sujeción a lo establecido en el artículo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”.

Recordando en el Artículo 62 sobre Infracciones, que será considerada una infracción grave d) “El incumplimiento de la resolución por la que se acuerde la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática prevista en el artículo 37” y regulando en el Artículo 63. Sanciones que b) “Para infracciones graves: Multa entre 2.001 a 10.000 euros”.

En la ciudad de León aún pervive en nuestras calles, como se puede ver en la foto, el nombre de uno de los personajes más sangrientos y terribles de la dictadura fascista del general Franco.

Luis Carrero Blanco, I duque de Carrero Blanco y grande de España, fue un militar y político español de la dictadura franquista. presidente del Gobierno de España durante la dictadura fascista del general Franco, entre junio y diciembre de 1973. Tomó parte en la guerra civil española, durante la cual mandó varias unidades y llegó a ser nombrado jefe de operaciones del Estado Mayor de la Armada en agosto de 1939. Terminada la contienda, durante la dictadura franquista pasó a ocupar puestos de responsabilidad en el seno de la administración. Figura de confianza del dictador Franco, no tardó en convertirse en su mano derecha. Desde su puesto de subsecretario de la Presidencia actuó como colaborador del propio Franco. Llegó a ser considerado el segundo hombre más poderoso en el seno de la dictadura. Consecuencia de ello, Carrero Blanco acabaría sucediéndole como presidente del Gobierno. Desempeñó la jefatura del Gobierno durante la etapa final de la dictadura de una forma excepcionalmente represiva y sangrienta.

Por todo lo expuesto anteriormente, el Foro por la Memoria solicita a todos los grupos municipales de León que aprueben de forma unánime los siguientes:

1. La eliminación del nombre de esta calle (Avda. Carrero Blanco) que ensalza a un miembro prominente de la dictadura franquista dado que incumple la legalidad vigente, aplicando el Artículo 35.3. de la Ley de Memoria Democrática: “Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y territorio, adoptarán las medidas oportunas para la retirada de dichos elementos” y el punto 4 del mismo Artículo: “Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados o colocados en edificios de carácter público, las instituciones o personas jurídicas titulares de los mismos serán responsables de su retirada o eliminación”.

2. Informar a las Administraciones y población de la retirada de esta simbología franquista.
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