El fiscal pide tres años de cárcel a un padre y sus dos hijos por apropiación indebida

Suscribieron un contrato de renting para un vehículo industrial que fue declarado siniestro total y se embolsaron los 78.520 euros que les pagó el seguro

R. Álvarez
10/05/2022
 Actualizado a 10/05/2022
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Un padre y sus dos hijos se sentarán este miércoles, 11 de mayo, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León por un delito de apropiación indebida. El fiscal pide para cada uno de ellos la pena de tres años de prisión, además de 12 meses de multa con una cuota diaria de 20 euros y las costas derivadas del procedimiento. También estima que, en concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar solidariamente a una empresa –a través de su representante legal– en la cantidad de 78.520 euros.

Según explica en su escrito de acusación la Fiscalía, el 20 de junio de 2016 uno de los acusados en calidad de arrendatario y los otros dos como fiadores solidarios suscribieron un contrato derenting con una empresa. El contrato se formalizó en relación a un vehículo industrial por un importe de 50.490 euros a pagar en 36 rentas, cada una de ellas de 1.530 euros.

En este documento, además, se dejó constancia de la reserva de dominio a favor de la empresa mientras existieran obligaciones, así como que los acusados debían restituir el vehículo a su legítimo propietario en las siguientes situaciones: si finalizaba el periodo de vigencia del contrato; si se extinguía la relación contractual por incumplimiento o si se producía una situación de impago de las cuotas pactadas.

También de dejaba constancia de que el arrendador quedaba obligado a designar al arrendatario como único beneficiario de la póliza de seguro que suscribieran para el coche, así como que el arrendador debía comunicar al arrendatario cualquier siniestro de la manera más detallada posible.

Teniendo en cuenta todo lo firmado, los acusados concertaron un seguro de responsabilidad civil con una entidad en el que se señaló como beneficiario a uno de ellos, y el 28 de agosto de 2016 tuvieron un accidente tras el que el vehículo fue declarado siniestro total y por el que recibieron una indemnización de 78.520 euros.

La indemnización se abonó en noviembre de ese año mediante un cheque a favor del beneficiario del seguro –uno de los acusados, como habían acordado–, mientras que el 18 de enero de 2017 se ingresó en una cuenta bancaria en la que dos de ellos figuran como titulares. Además, el fiscal señala que el vehículo siniestrado se dio de baja en la DGT el 15 de junio de 2017 por parte de uno de los acusados.

En su opinión «todos» ellos, los tres, «con ánimo de lucro y con ánimo de obtener un beneficio ilícito patrimonial» y «aún a sabiendas de sus obligaciones contractuales», no entregaron el importe de la indemnización percibida, que correspondería a la empresa propietaria. Por ello, considera que los hechos constituyen un delito de apropiación indebida del que los tres son coautores.
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