El conductor cazado por 'Pegasus' alega que iba a un centro de salud y no había tráfico

La defensa jurídica asegura que el informe del Giat apunta que circulaba a 170,1 por la carretera de Boñar y no a 189 kilómetros por hora

L.N.C.
14/07/2022
 Actualizado a 14/07/2022
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La defensa jurídica del conductor investigado por un delito penal contra la seguridad vial derivado de un exceso de velocidad detectado por el radar ‘Pegasus’ en la CL-624 a la altura del municipio de Vegaquemada ha emitido un comunicado en el que precisa algunas cuestiones.

Defienden que este delito se comete al superar en 80 kilómetros por hora la velocidad máxima de la vía interurbana por la que circulaba, que es de 90. «El delito se cometería al superar los 170 kilómetros por hora y, de acuerdo al informe del Giat, la velocidad detectada es de 170,1 y no de 189, por lo que si desprecian los decimales no estamos ante un delito penal, sino ante una falta administrativa», explican.

Alegan además que el exceso de velocidad se cometió en una larga recta de más de dos kilómetros, a mediodía y sin tráfico. «El conductor iba solo en el vehículo y sin compañía, por lo que no se ha puesto en peligro a las personas», agregan antes de destacar que dio negativo ante las pruebas de alcohol y drogas.

Además, la defensa justifica que «el conductor fue atendido por un ataque de ansiedad al llegar al centro de salud de Boñar y el exceso de velocidad fue debido a una llamada que le alertaba sobre el infarto que había sufrido uno de sus progenitores, que posteriormente fue ingresado en el Hospital de León».

Por último, hacen también hincapié en que se trata de una persona experimentada al volante: "El conductor hace unos 85.000 kilómetros al año en la carretera y tiene en la actualidad 12 puntos, por lo que no es un infractor habitual".

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