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El alto precio de pedir indulto

José Luis Gavilanes Laso
16/09/2018
 Actualizado a 11/09/2019
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La mayor salvajada contemporánea acaecida en León aconteció el 21 de noviembre de 1936, cuando, acusados de rebelión militar por no haberse sumado a la militar rebelión -valga la redundancia trágica y paradójica- contra la II República, fueron ejecutados en el Campo de Tiro de Puente Castro 15 personas, entre los que se encontraban el Alcalde, Gobernador Civil, Presidente de la Diputación, industriales, profesores, funcionarios, periodistas, artistas, tipógrafos y obreros.

Actualmente, en la Biblioteca Municipal de León, se ha montado una exposición dedicada a la figura del arquitecto Juan Crisóstomo Torbado Flórez, con fondos documentales aportados por la familia y particulares, actuando de comisario Vicente Carvajal, con la colaboración de la Sociedad para el Fomento de la Cultura de Amigos del País de León (Sofcaple), Diputación de León, Junta de Castilla y León y Cámara de la Propiedad Urbana de León. Entre las aportaciones artísticas, verdaderamente dignas de admiración, sumadas a la vida familiar y laboral, proyectos y reformas, etc. del arquitecto Torbado, se encuentran a la vista del visitante algunos documentos, entre los cuales llama poderosamente la atención tres escritos mecanografiados referidos a la guerra civil. Dichos documentos ya habían sido publicados por primera vez y comentados por Javier Fernández-Llamazares (‘Crónicas de la burguesía leonesa’, Eolas, 2012, León, pp. 37-45).

El más extenso de esos escritos es un oficio sin fecha de la Asesoría Jurídica de la Comandancia Militar de León, rubricado por el asesor Alfonso Fernández y dirigido al Gobernador Militar Vicente Valderrama Arias, en el que se hace mención a un escrito firmado por personalidades destacadas de la ciudad, solicitando de la nueva autoridad gubernativa el indulto de D. Emilio Francés, ex Gobernador Civil y otros dirigentes del «movimiento revolucionario marxista de esta provincia, teniendo en cuenta que han sido condenados a muerte». Esto es, las antedichas 15 personas que fueron fusiladas. Con relación a los peticionarios del indulto, el oficio añade: «Es indudable que quizá con buena intención, pero con irreflexiva precipitación al firmar dicha instancia, no contribuyen eficazmente a la misión de justicia que todo ciudadano español está obligado a mantener […] Y que, dada la categoría de las personalidades que lo hacen, pudiera desviarse la opinión pública, creyendo que la sentencia del Consejo de Guerra no era de estricta justicia». El auditor concluye que, «por razones de orden público» propone a la máxima autoridad que se sancione a los firmantes del escrito de petición de indulto con cantidades «teniendo en cuenta su capacidad económica». A este dictamen sigue el veredicto sancionador de Vicente Valderrama, de cuya vesánica opinión extraída luego de su traslado a Canarias: «Las sanciones que impone la Autoridad Militar son con objeto de castigar a aquellos que lo merecen y que toda medida que tienda a dulcificarlas resta eficacia a las mismas», no podía esperarse nada favorable para todo aquel que de su mano dependiese. Consecuentemente, impone a los firmantes de petición del indulto la siguientes sanciones económicas: a D. Ricardo Pallarés, Director de la Caja Provincial Leonesa la multa de 50.000 pesetas; a D. Fernando González Regueral, Director del Banco Herrero, la de 10.000; a D. Antonio Rosales Rouco, Director del Banco Central, la de 15.000; a D, Juan Crisóstomo Torbado, arquitecto, la de 5.000; a D,. Mariano Alonso Vázquez, Director del Monte de Piedad, la de 3.000; a D. José Pinto Maestro, del diario ‘La Mañana’, la de 2.000; a D. Filemón de la Cuesta, Director del ‘Diario de León’, la de 2.000; a D. Enrique Iglesias, Juez de Primera Instancia de esta ciudad, la de 300; a D. Francisco Valenzuela Ullo, interventor del Estado de Ferrocarriles, la de 200.

En este oficio existe una discordancia, ya que en el listado del auditor figura Pedro Fernández-Llamazares (primer director de la sucursal leonesa del Banco de Bilbao) entre los firmantes peticionarios del indulto, pero no en la nómina de multados por Vicente Valderrama. Sin embargo se le multó, pues en la exposición figura un oficio del Juzgado Militar Eventual, con fecha 14 de noviembre de 1936, firmado por el Teniente Juez Instructor Marcos Rodríguez, acusando recibo por parte del Sr. Fernández-Llamazares de la cantidad de 10.000 pesetas «como firmante del indulto de Emilio Francés y otros dirigentes del movimiento marxista revolucionario».

El tercer escrito sobre el asunto de la petición del indulto es una carta fechada 13 de noviembre de 1936, firmada por Pedro Fernández-Llamazares, en su calidad de director de la sucursal leonesa del Banco de Bilbao, dirigida a Ceferino de Urien. Se trata de Ceferino de Urien Leizegui (1892-1960), industrial y financiero vizcaíno, que fue Presidente de la Diputación de Vizcaya y principal impulsor del ferrocarril de La Robla, una de cuyas locomotoras lleva su nombre. Al estallar la guerra civil consiguió que las sucursales europeas del Banco de Bilbao se declararan a favor de Franco. El remitente comunica al destinatario que el grupo impulsor del indulto también solicitó su firma, la que estampó al igual que otros compañeros de la banca local por tratarse simplemente de un acto humanitario y piadoso, el cual iba autorizado con firmas prestigiosas de la plaza, autoridades eclesiásticas, con el Sr. Obispo a la cabeza [esto es, José Álvarez de Miranda, al que, dicho sea de paso, también se le multó por suplicar clemencia para los condenados], centros y órdenes religiosas, diarios locales, juez de instrucción, etc. Y que se ha visto desagradablemente sorprendido por haber sido multados los firmantes de dicha petición de indulto, imponiéndoles a los directivos de los Bancos la suma de diez mil pesetas a cada uno. Y como algo más sorprendente todavía, cita el caso del propio Regueral, «persona de gran significación derechista» y amigo del Gobernador Militar de la plaza, con quien se entrevistó para que accediera a la condonación de las multas, sin conseguir nada satisfactorio. Concluye suplicando que sea el propio Banco el que asuma el pago de su multa a cargo de los beneficios de la sucursal leonesa, «que no ha tenido quebrantos por incautaciones ni sustracciones de los elementos rojos»; y, si fuese necesario, no escatima contribuir personalmente con su modesto sueldo.

Si consta que Pedro Fernández-Llamazares sacó de su bolsillo, del Banco o de ambos la cantidad de dinero requerido, se desprende que los demás también lo hicieron sin rechistar por si las moscas, aunque lo considerasen totalmente injusto.

He aquí, a mi juicio, una muestra de cómo se aprovechaba cualquier gesto crítico o de humanidad para obtener dinero destinado a un ‘glorioso movimiento’ recién emprendido que precisaba con urgencia de grandes apoyos financieros para matar. Causa a la que, poniéndole en su momento el nombre de Cruzada, paradójicamente desechaba cualquier comportamiento cristiano que pudiera justificar su nombre. Los militares sublevados no podían consentir que la Iglesia dudase de la justicia que se estaba impartiendo y les irritaba que ello pudiese hacer dudar a los ciudadanos. A partir de su victoria, todo lo que no fuese homenaje a los «caídos por Dios y por España» en una patria dictatorialmente singular, era «resentimiento de los vencidos»; en tanto que la demanda de exhumar los millares de cuerpos asesinados cuyo único ‘delito’ fue defender a un régimen que estaba legalmente constituido, no tenía ni tiene otro sentido que el de «rescribir la historia» o «reabrir viejas heridas».
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