Educación promueve el teletrabajo y la flexibilización horaria para los docentes

La Consejería concreta este sábado en el Bocyl el funcionamiento de los centros docentes no universitarios de la comunidad durante la suspensión de las clases

Ical
14/03/2020
 Actualizado a 14/03/2020
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La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León publicó este sábado en el Bocyl la orden EDU/308/2020, por la cual se concreta el funcionamiento de los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, cuya actividad presencial y actividades extraescolares han sido suspendidas hasta el 27 de marzo como consecuencia del coronavirus, salvo prórroga dictada por la Consejería de Sanidad.

Según recoge la norma, se promoverá el sistema de teletrabajo siempre que sea compatible con la continuidad de las actividades educativas previstas, así como la flexibilidad horaria, los turnos escalonados y las reuniones por videoconferencia, entre otras medidas.

El personal docente, de administración y servicios y cualquier otro que preste servicio en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, podrá acudir a su puesto de trabajo para las actuaciones que sean precisas, siempre que no se hayan adoptado otras medidas de carácter sanitario.

Por otra parte, el personal itinerante podrá acudir a la sede o centro de referencia. En el caso de profesorado compartido y en cuanto al desarrollo de sus tareas en un centro u otro se estará a lo dispuesto por los equipos directivos de los centros afectados, atendiendo a las circunstancias de cada caso.

Los equipos directivos de los centros acudirán el próximo lunes, 16 de marzo, a los centros educativos, con las excepciones previstas normativamente, con el fin de adoptar las decisiones organizativas relacionadas con la suspensión de las actividades lectivas presenciales. La presencia en los centros del personal que en ellos preste servicios será la que se considere imprescindible por el equipo directivo.

Dado que “la suspensión de la actividad docente presencial no implica la paralización de las actividades lectivas”, el personal docente coordinado por el equipo directivo, adoptará, a la mayor brevedad, las medidas “necesarias” que permitan la adecuación de las programaciones didácticas, de manera que se indiquen las actividades educativas que podrán desarrollar los alumnos en sus domicilios. Asimismo, las actuaciones educativas on line continuarán prestándose de la forma habitual.

Para el desarrollo de estas actividades educativas, los centros docentes no universitarios tendrán a su disposición las herramientas disponibles en el Portal de Educación (https://www.educa.jcyl.es), así como cualquier otro medio que los centros docentes no universitarios consideren adecuado.

Los centros docentes no universitarios deberán prestar una especial atención a los alumnos susceptibles de presentarse a las pruebas de Evaluación del Bachillerato para el acceso a la Universidad. Por último, el personal docente mantendrá, dentro de lo posible, un contacto periódico con alumnos, padres y tutores legales a través de la plataforma educativa, página web del centro, correo electrónico, así como de cualquier otro medio de comunicación que los centros consideren oportuno.
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