Dos investigados por un incendio forestal en Paradilla de Gordón

El fuego fue provocado de forma negligente por el uso de una radial, según la Subdelegación del Gobierno de León

L.N.C.
19/08/2019
 Actualizado a 17/09/2019
incendio-paradilla-19819.jpg
incendio-paradilla-19819.jpg
La Guardia Civil investiga a dos varones como supuestos autores del incendio forestal ocurrido en la localidad de Paradilla de Gordón.

El incendio tuvo lugar alrededor de las 17:00 horas del día 2 y fue extinguido al día siguiente 3 de agosto. Fue producido de forma negligente por el uso de una radial en la práctica de diferentes trabajos de corte que generaron una serie de chispas ocasionando un incendio donde se han calcinado unas 3 hectáreas.

En la extinción del incendio participaron 3 helicópteros con sus respectivas cuadrillas, 2 brigadas de tierra, 1 brigada nocturna y 1 autobomba, así como tres agentes medioambientales pertenecientes al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León con sede en La Robla, quienes confeccionarán el informe técnico de investigación de las causas del incendio forestal. El incendio se inició en zona considerada urbana, afectando a vegetación de roble y pastos.

Cabe destacar, que actualmente Castilla y León se encuentra en época de peligro alto de incendios, por lo que cualquier actividad de limpieza con uso de fuego está prohibida.

La investigación de este incendio, ha sido llevada a cabo por el Equipo del Seprona de la Comandancia de la Guardia Civil de León, quienes han contado con la colaboración y apoyo de los Agentes Medioambientales de la Junta de Castilla y León.

Las diligencias instruidas, fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de los de León y de la Fiscalía de Medio Ambiente.

Actividades prohibidas durante la época de peligro alto de incendios (de julio a septiembre) en los montes y en los terrenos rústicos situados en una franja de 400 metros alrededor de aquellos:

- La utilización de maquinaria y equipos en los montes y en terrenos rústicos situados en una franja de 400 mts alrededor de aquellos, tales como sopletes, soldadores, radiales, antorchas de goteo, etc, que puedan generar deflagración, chispas o descargas eléctricas.
- El transporte fuera de la red viaria, el almacenamiento y la utilización de materiales inflamables o explosivos.
- El uso del fuego en la actividad apícola, exceptuando el empleo de ahumadores, con una serie de condiciones, tales como tener cortafuegos perimetral de 3 metros de anchura, contar con mochila extintora llena de agua y que el ahumador se porte en recipiente metálico.
- El empleo de asadores, barbacoas, planchas, hornillos eléctricos y de gas, así como cualquier otro elemento que pueda causar fuego.
- La quema de restos al aire libre en terrenos urbanos o urbanizables dentro de la franja de los 400 mts alrededor del monte.
Todo ello, salvo las excepciones que la propia Consejería con competencias en materia de incendios forestales pueda autorizar por motivos de emergencia u otras circunstancias.
Archivado en
Lo más leído