Detectan 37.774 fraudes en inmuebles en los 119 municipios ya regularizados en León

El 40% de las irregularidades detectadas son de reformas y cambios de uso no informadas

I. Herrera
07/01/2017
 Actualizado a 31/08/2019
Varios edificios de la capital leonesa en una imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA
Varios edificios de la capital leonesa en una imagen de archivo. | MAURICIO PEÑA
La regularización catastral como medida ligada a la lucha contra el fraude ha destapado ya en la provincia de León un total de 37.774 fraudes en inmuebles en los 119 municipios en los que ha culminado ya este proceso puesto en marcha por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a finales de 2013. Según los datos facilitados a este periódico, a fecha 20 de julio quedaban todavía 92 municipios leoneses por inspeccionar, pero de momento, los ayuntamientos donde ya se ha cerrado el procedimiento han visto aumentar sus ingresos por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) una media de 135 euros por recibo (un 3,8%).

Estas mismas fuentes indican que los fraudes descubiertos están relacionados, sobre todo, con reformas y cambios de uso que no fueron comunicadas al Catastro para su actualización y que representan el 40% de los casos. Les siguen los relacionados con ampliaciones y rehabilitaciones (el 31%), las nuevas construcciones (27%) y las piscinas de obra (1%).

El proceso de regularización catastral se abría a finales de 2013 y se prolongará a lo largo del próximo año 2017. Este procedimiento, enmarcado en la lucha contra el fraude para aflorar inmuebles que están disfrutando de los servicios públicos municipales a costa de los titulares de los inmuebles correctamente declarados, no implica una nueva revisión de valores catastrales: los inmuebles regularizados se valoran con los valores vigentes en cada municipio hasta la fecha.

El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo en el que se describen los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales de todo el territorio nacional, con excepción del País Vasco y Navarra. Se trata de un registro obligatorio que debe, por tanto, procurar que la descripción de los bienes inmuebles concuerde con la realidad. Es por ello que la incorporación de los inmuebles así como de las alteraciones de sus características (económicas, físicas o de titularidad) es obligatoria.

Si el titular catastral no ha declarado o lo ha hecho de manera incompleta o incorrecta, el Estado tiene la obligación de luchar contra esta modalidad de fraude, realizando las actuaciones de comprobación necesarias al objeto de incorporar y valorar aquellos actos, hechos o negocios susceptibles de originar una modificación en el Catastro.

Este plan se autofinancia a costa de la tasa de 60 euros que se cobra a titulares de inmuebles irregulares. Según explican desde el Ministerio de Hacienda, estos inmuebles, por ejemplo un chalé construido en una parcela urbana y no declarado en el catastro inmobiliario, disfruta de los mismos servicios públicos municipales que el resto de sus vecinos (servicios sociales, alumbrado, saneamiento, recogida de basuras…, por lo que es de justicia que su correcta incorporación al Catastro garantice su contribución al sostenimiento de dichos servicios públicos.

Por eso, la actuación culmina con la asignación de un valor catastral al bien inmueble aflorado y una fecha de efectos de dicho valor, información que se incorpora al padrón inmobiliario del municipio y servirá para la correspondiente gestión tributaria de los ayuntamientos respeto de las obligaciones por IBI de ejercicios futuros y pasado no prescritos. Esto no implica necesariamente un aumento de recaudación para los ayuntamientos, pero también es cierto que la afloración de inmuebles no declarados puede permitir a los ayuntamientos rebajar los tipos de gravamen que aplican a la generalidad de los vecinos, sin mermar por ello sus recursos totales.
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