Esta campaña, que se desarrollará hasta el próximo jueves, 28 de febrero, tiene un carácter sancionador para los infractores. El uso de la bicicleta en el ámbito urbano es un elemento de la movilidad que facilita el tráfico urbano haciéndole más ágil y menos peligroso, facilitando problemas derivados del estacionamiento y otras infraestructuras viarias. La bicicleta es además un medio limpio, ecológico y no contaminante.
El Ayuntamiento de León, a través de las áreas de Urbanismo, Medio Ambiente y Policía Local, está adoptando medidas para facilitar la movilidad urbana con la creación de vías ciclistas, carril-bici, estacionamientos de bicicletas, etc. Y además este pasado año se aprobó la Ordenanza de Circulación y Seguridad Vial de Peatones y Ciclistas para dotar a sus usuarios de seguridad frente a los vehículos a motor y su responsabilidad ante los peatones.
Además de las normas generales de la circulación de bicicletas en el Reglamento General de Circulación, que establece medidas generales de seguridad para las mismas, la Ordenanza de Circulación y Seguridad Vial de Peatones y Ciclistas del Ayuntamiento de León prevé medidas específicas para su circulación por las calles de la ciudad, como estas:
- Prohibición de circulación de bicicletas en aceras y zonas peatonales de uso exclusivo. (Ej. Puente de San Marcos)
- Prioridad de las bicicletas en las Zonas 30 sobre los vehículos y en las vías de uso compartido de las zonas residenciales. (San Claudio, Casco Histórico, etc.) En estas zonas la velocidad de las bicicletas se acomodará a la de los peatones para evitar riesgos a los mismos.
- Prioridad de los peatones sobre vehículos y bicicletas en las zonas anteriores.
- Deberán disponer de timbre, freno, luces y reflectantes previstos en la legislación vigente. Se autoriza el uso de luces intermitentes blancas en la parte delantera y rojas en la trasera, con un único punto de iluminación encada ubicación.
- Podrán arrastrar un remolque o semirremolque, tanto de día como de noche, para el transporte de carga y/o menores, en dispositivos debidamente certificados u homologados, con las limitaciones de peso que dichos dispositivos estipulen.
- Cuando el conductor sea mayor de edad y bajo su estricta responsabilidad, podrá llevar a un menor de hasta 7 años provisto de casco homologado en sillas acopladas a las bicicletas.
- Por cuestiones de seguridad es recomendable la utilización del casco de protección y el chaleco reflectante en condiciones de baja visibilidad, si bien, los menores de siete años obligatoriamente deberán llevar siempre casco de protección homologado.
- Se permite la circulación en bicicleta por las aceras a menores de doce años acompañados por un adulto y previstos de casco homologado.