A juicio por tocar en sus partes íntimas y violar "diez veces" a la hija menor de su pareja

La denuncia la presentó en Costa Rica el padre biológico de la pequeña después de que se le adjudicara su guarda y custodia tras fallecer la madre

R. Á.
05/06/2022
 Actualizado a 05/06/2022
Audiencia Provincial. | MAURICIO PEÑA
Audiencia Provincial. | MAURICIO PEÑA
Un hombre se sentará este martes, 7 de junio, en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León por un delito continuado de agresión sexual hacia una menor por el que el fiscal le pide la pena de diez años de prisión. Según explica en sus conclusiones provisionales, desde 2006 el procesado convivió y posteriormente contrajo matrimonio con una mujer que tenía una hija de una relación anterior.

La mujer enfermó gravemente y sus padres acordaron que ella, la niña y su ya marido se trasladaran a su domicilio en una localidad de León con el objetivo de poder ayudar a su hija y a su nieta. La mujer murió en enero de 2011, cuando la niña tenía diez años, y el procesado se trasladó a vivir a León, aunque siguió visitando a los abuelos maternos de la niña y a la pequeña los fines de semana.

En el mes de junio de ese año le fue adjudicada judicialmente la patria potestad y la guarda y custodia de la niña a su padre biológico, con el que no tenía prácticamente relación, al estar divorciado de su madre, y al que la niña culpaba de su enfermedad y muerte. Juntos vivieron en España y se trasladaron a Costa Rica cuando la niña tenía 11 años y fue en ese país donde el padre biológico presentó en el año 2016 una denuncia contra el que fuera pareja y marido de la madre al haberle contado su hija dos años antes (en 2014, cuando era menor de edad) "que había sido objeto de tocamientos en todas sus partes íntimas por el procesado en diversas ocasiones, al tiempo que él le decía a ella que le tocara el pene, que no se lo contara a nadie y que la había violado diez veces".

Conforme a la denuncia presentada en Costa Rica, explica el fiscal, los hechos se produjeron "tanto antes de fallecer su madre como posteriormente, cuando vivía con los abuelos maternos". Señala también que actualmente la joven es ya mayor de edad, convive con sus abuelos maternos en España y no mantiene relación con su padre.

Lo expuesto, considera la Fiscalía, es constitutivo de un delito continuado de agresión sexual por el que pide para el procesado la pena de diez años de prisión, además de la prohibición de aproximarse en un radio inferior a 500 metros a la joven o comunicarse con ella por cualquier medio durante los seis años siguientes a la pena de prisión. Reclama también que se le imponga la medida de libertad vigilada durante cinco años.
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