A juicio por estafar 20.400 euros al tío de su pareja tras mentirle acerca de su trabajo

El fiscal pide para el acusado la pena de dos años y nueve meses de prisión, así como que devuelva la cantidad de la que se apoderó más los intereses

R. Álvarez
19/04/2022
 Actualizado a 19/04/2022
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial este miércoles, 20 de abril. | ICAL
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial este miércoles, 20 de abril. | ICAL
La Audiencia Provincial de León celebrará este miércoles, 20 de abril, un juicio por un delito continuado de estafa. El acusado es un hombre –con antecedentes penales por el mismo delito– que se "ganó la confianza" del tío de su pareja y logró que le entregase un total de 20.400 euros mintiéndole sobre su actividad laboral y sobre su titulación universitaria.

Según las conclusiones provisionales del fiscal el acusado conoció en mayo de 2016 a una mujer con la que inició "una relación de noviazgo" y en el mes de noviembre se fueron a vivir juntos al domicilio de los padres de ella, que empezaron a compartir los cuatro. La pareja "compartió gastos y viajes", ella le hizo regalos y él le dio una "información falsa sobre su vida personal, actividad laboral, títulos universitarios y negocios". Con ello –tal y como explica el texto– entre octubre de 2016 y febrero de 2017 el acusado logró que su novia "se desprendiese a su favor de 7.410 euros". Esta cantidad se la pasó a través de 'HalCash', que permite enviar dinero en efectivo al teléfono móvil de cualquier persona de manera inmediata a través de un SMS y el hombre usó el dinero "para fines distintos a aquellos a los que iba dirigida la entrega".

Además, la Fiscalía subraya que también se aprovechó de la confianza que le brindaba la convivencia con los padres de su pareja para obtener otras cantidades de dinero. Para ello utilizó, dice, "las mismas fantasías sobre su actividad laboral y titulación universitaria" y se ofreció a realizar determinadas gestiones sobre herencias, liquidaciones en Hacienda, el IBI o gastos notariales y de tasación para la compra de un piso. "Todas ellas resultaron ser ficticias" –prosigue el texto– y, como resultado, obtuvo 8.870 euros.

A esto se suma que "dada la plena integración del acusado en la vida familiar" de su pareja y sus padres, se ganó también la confianza de un tío de su compañera y, "valiéndose de las mismas fantasías sobre su actividad laboral y titulación universitaria", consiguió que le entregara un total de 20.400 euros por determinadas gestiones que "resultaron ser mendaces". Recibió el dinero en efectivo y por transferencia bancaria entre febrero y marzo de 2017 y las operaciones con las que justificó el cobro fueron la gestión de una herencia (5.000 euros en tres pagos); un pleito sobre una servidumbre de paso que afectaba a una casa y un supuesto estudio cartográfico (12.600 euros para «gastos irreales de un juicio inexistente) o un informe médico-forense con el que poder tramitarle la jubilación (2.800 euros). El acusado le dijo a este hombre que había ganado el juicio de la servidumbre y le entregó "una burda sentencia elaborada por él" –recoge la Fiscalía– y que fue la que lo "desengañó". Fue entonces cuando "alertó a su familia de los engaños sufridos".

Respecto a la relación sentimental entre el acusado y su pareja ésta se rompió y él abandonó el domicilio en el que convivía con ella y sus padres en abril de 2017.

"Excusa absolutoria"


Para el fiscal los hechos cometidos por el acusado contra el patrimonio del tío de su entonces pareja constituyen un delito continuado de estafa, mientras que en los que afectan al de su compañera sentimental y los padres de ella considera que concurre la excusa absolutoria del artículo 268 del Código Penal. Por ello, estima que procede imponerle la pena de dos años y nueve meses de prisión más las costas derivadas del procedimiento.

Además, en concepto de responsabilidad civil, expone que deberá indemnizar al tío en la misma cantidad de la que se apoderó: 20.400 euros más intereses. No obstante, en lo que respecta a la pareja, su padre y su madre, explica que se "habrá de responder, en su caso, en vía jurisdiccional civil".
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