Un berciano logra la primera sentencia provincial que anula el cobro de intereses del IRPH

Es un índice similar al Euribor, más gravoso y manipulable por los bancos / El Juzgado considera que no hubo "transparencia"

Mar Iglesias
09/10/2016
 Actualizado a 16/09/2019
La hipoteca estaba contratada con el Banco Santander.
La hipoteca estaba contratada con el Banco Santander.
El despacho jurídico Salvatierra Abogados de Ponferrada ha conseguido la primera sentencia que se dicta en la provincia de anulación del índice llamado IRPH Entidades de una hipoteca correspondiente a un berciano. Se trata de un índice de referencia de préstamos hipotecarios «oscuro», define el letrado Antonio Salvatierra, puesto que se ha utilizado por las entidades bancarias después de que la referencia del Euribor viviera un bajón en el año 2007. Esa era la referencia habitual de las hipotecas, pero no dejaba un dilatado margen de ganancias a las entidades crediticias que efectuaron ese cambio. El IRPH es un índice que se calcula mensualmente con las medias aportadas por cada entidad sobre los créditos otorgados, por lo que, según Salvatierra, está directamente relacionada con ellas «y tienen capacidad para variarlo, porque si todas aportan un índice alto, el final también lo será».

Los hipotecados no suelen saber en qué tipo de índice se basa su hipoteca, por lo que tampoco se plantean su legalidad, sin embargo, hace un año que el Banco de España, que era el que definía el índice, lo anuló en las cajas de ahorros y en los bancos, aunque lo dejó en las entidades con la coletilla final que hace referencia a ellas «y muchas hipotecas se han quedado con él», explica Salvatierra. La complejidad para ejecutar su anulación es alta y solo hay sentencias que referencian ese final en Vitoria, Barcelona, Sevilla y Cádiz «la mayoría de ellas llevadas por lo mercantil», dice el letrado.

El demandante berciano, R.J.M.P. decidió recurrir ese cobro de intereses que cada mes variaban sin saber muy bien cómo localizar la referencia, puesto que «es difícil encontrarla, ya que no se hace pública como sucedía con el Euribor».

Lo hizo en marzo de este año sobre una hipoteca que activó en el año 2005. Pese a que Salvatierra asume que se trataba de un caso con muchas dificultades por la confrontación con una entidad de calado como es el Banco Santander, la falta de aportación documental por parte del abogado de la entidad hizo que la sentencia fuera favorable para el denunciante y se anulara este índice, lo que supone que el banco tendrá que recalcular la cantidad económica costeada en función de ese valor y devolvérsela al hipotecado. Es una sentencia pionera en la comarca y en toda la provincia que, además, tiene su lectura más favorable en que la sentencia anula cualquier tipo de interés sobre esa hipoteca, a que la le queda más de una década de vida. Esa segunda consecuencia viene dada por la falta de previsión bancaria en la colocación en el contrato de una cláusula habitual que suele tomar como referencia el Euribor como sustitutivo del interés adscrito en caso de que este sea revocado. No ha sido así «porque pensaron que no conseguiríamos tumbar ese índice», explica Salvatierra, satisfecho con la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Ponferrada, la mejor a la que podría acceder el denunciado. La magistrada considera que «la redacción de los índices sobre el interés en la escritura de constitución de la hipoteca no es perfectamente comprensible», por lo que da la razón al denunciante.

Salvatierra considera que el Banco Santander presentará recurso a la sentencia inicial, aunque advierte de la dificultad de que esa medida tenga recorrido «porque la sentencia es inatacable», considera. Esa falta de documentación inicial en la que incurrió el banco no puede mejorarse «porque no se pueden aportar nuevas pruebas en esa fase», explica el letrado.

En carpeta, otros tres casos


La importancia de esta sentencia es que da pie a nuevos recursos. En la actualidad, un 30% de las hipotecas que se firmaron después de 2007 cuentan con este índice hipotecario como referencia a nivel estatal, por lo que Salvatierra aconseja el examen de la documentación para ver si los hipotecados cuentan con ese IRPH. El letrado ya tiene otros tres casos en cartera y tiene la esperanza de que esta sentencia pionera les beneficie. Eso sí, advierte que en ocasiones el hipotecado ha dado el visto bueno con su firma a la documentación pertinente y ha zanjado esa posibilidad, pero anima a analizar el procedimiento «siempre y cuando hubiera una falta de transparencia, es posible ir adelante», dice esperanzado.
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