Si conduces... ni bebas ni te drogues

Las carreteras de la provincia dejaron el año pasado 99 heridos en 66 accidentes en los que alguno de los conductores implicados había consumido alcohol o estupefacientes

Alfonso Martínez
25/03/2019
 Actualizado a 12/09/2019
control-drogas-24319.jpg
control-drogas-24319.jpg
Si conduces... ni bebas ni te drogues. Las carreteras de la provincia de León registraron durante el pasado año un total de 66 accidentes en los que el factor concurrente fue el consumo de alcohol o de sustancias estupefacientes. Así se desprende de la respuesta del Gobierno de España a la pregunta planteada por el PP de León en el Congreso de los Diputados.

Concretamente, 37 siniestros estuvieron provocados por el consumo de alcohol de alguno de los conductores implicados, mientras que en el caso de las drogas ilegales la cifra fue de 29.

La información facilitada por el Ministerio del Interior refleja que estos accidentes no produjeron ninguna víctima mortal. En todo caso, hay que tener en cuenta que en estas estadísticas sólo se incluyen habitualmente las personas que pierden la vida en el propio accidente o en las 24 horas posteriores.

Mientras, en lo que se refiere a heridos en los accidentes provocados por el consumo de alcohol o drogas, la cifra total se situó el año pasado en un total de 99, siempre según los datos de la respuesta gubernamental trasladada a los populares leoneses.

Concretamente, en lo referido a los accidentes vinculados al consumo de bebidas alcohólicas, la cifra de personas heridas en las carreteras de la provincia fue de 55, de los que únicamente seis fueron hospitalizados.

Mientras, las 44 restantes correspondieron a los siniestros cuyo factor concurrente fue el consumo de drogas ilegales. Los datos del Ministerio del Interior reflejan finalmente que tres requirieron ser hospitalizados, algo que no ocurrió con los otros 41.

Cabe recordar que la normativa actual establece en 0,25 miligramos por litro de aire espirado la tasa de alcohol general permitida en los conductores, aunque se reduce a 0,15 miligramos en el caso de los profesionales y de todos aquellos que acaban de sacar el carné.

En cuanto a las sanciones por la vía administrativa, conductor con una tasa de entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro de aire espirado supone una sanción de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné. Mientras, superar los 0,50 miligramos eleva la sanción a mil euros y seis puntos. Finalmente, en el caso de los reincidentes, la sanción es también es de mil euros y la pérdida de puntos puede ser de cuatro o de seis en función de la tasa que registren. Conducir con presencia de drogas en el organismo supone mil euros y seis puntos.

Mientras, el capítulo cuatro del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico. Concretamente, superar los 60 miligramos por litro de aire expirado o conducir bajo los efectos de las drogas puede suponer penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Además, la negativa a someterse al control de alcoholemia o de drogas puede suponer prisión de seis meses a un año y retirada del carné de uno a cuatro años.
Lo más leído