Se reactiva el parque eólico de Igüeña y Villagatón con la declaración ambiental
Se reactiva el parque eólico de Igüeña y Villagatón con la declaración ambiental
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Se reactiva el parque eólico de Igüeña y Villagatón con la declaración ambiental
Medio Ambiente
Prevé nueve aerogeneradores que suman un potencia bruta de 16,2 megavatios y estaba paralizado desde el 2017 por sentencia judicial
El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) y el de la Provincia (BOP) de León publican hoy la resolución de autorización administrativa y declaración de impacto ambiental del parque eólico Espina, en los términos municipales de Igüeña y Villagatón.
Situado en la zona este de la Sierra de Gistredo, el proyecto presenta nueve aerogeneradores triplada de velocidad y paso variable, alienados a lo largo de una pistas y separados en planta a una distancia de entre 250 y 300 metros. Suman una potencia eléctrica bruta de 16,2 megavatios.
La resolución publicada recoge que una vez realizado el análisis técnico del expediente, se informa favorablemente, a los solos efectos ambientales, el desarrollo del proyecto referenciado, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en esta declaración de impacto ambiental, las medidas protectoras y correctoras del proyecto, del estudio de impacto ambiental y todos sus anexos, en cuanto sean compatibles con aquellas y sin perjuicio del cumplimiento de las normas urbanísticas vigentes, normas de seguridad aérea o de cualquier otro tipo, que puedan impedir o condicionar su realización.
El proyecto del parque eólico Espina permanecía paralizado después de que en su día el Tribunal Supremo, en sentencia del 5 de abril de 2017, resolviera el recurso de casación presentado frente a la sentencia de 30 de enero de 2014 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid) que acordaba anular la resolución por la que se otorgó autorización administrativa del parque eólico.
Situado en la zona este de la Sierra de Gistredo, el proyecto presenta nueve aerogeneradores triplada de velocidad y paso variable, alienados a lo largo de una pistas y separados en planta a una distancia de entre 250 y 300 metros. Suman una potencia eléctrica bruta de 16,2 megavatios.
La resolución publicada recoge que una vez realizado el análisis técnico del expediente, se informa favorablemente, a los solos efectos ambientales, el desarrollo del proyecto referenciado, siempre y cuando se cumplan las condiciones que se establecen en esta declaración de impacto ambiental, las medidas protectoras y correctoras del proyecto, del estudio de impacto ambiental y todos sus anexos, en cuanto sean compatibles con aquellas y sin perjuicio del cumplimiento de las normas urbanísticas vigentes, normas de seguridad aérea o de cualquier otro tipo, que puedan impedir o condicionar su realización.
El proyecto del parque eólico Espina permanecía paralizado después de que en su día el Tribunal Supremo, en sentencia del 5 de abril de 2017, resolviera el recurso de casación presentado frente a la sentencia de 30 de enero de 2014 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid) que acordaba anular la resolución por la que se otorgó autorización administrativa del parque eólico.