Reincidentes con el alcohol al volante

Un millar de conductores leoneses, cazados más de una vez en los últimos cinco años

Alfonso Martínez
25/06/2018
 Actualizado a 19/09/2019
Dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico llevan a cabo un control de alcoholemia en una de las carreteras de la provincia de León.| MAURICIO PEÑA
Dos agentes de la Guardia Civil de Tráfico llevan a cabo un control de alcoholemia en una de las carreteras de la provincia de León.| MAURICIO PEÑA
Son un total de 1.040 y han sido cazados al volante en más de una ocasión durante los últimos cinco años después de haber consumido alcohol o drogas en la provincia de León.

Este colectivo de conductores reincidentes en este tipo de infracciones es el más numeroso de toda la comunidad, según se desprende de los datos facilitados por el Gobierno de España tras una pregunta presentada por el PSOE en el Congreso de los Diputados.

La segunda provincia con más conductores cazados al volante en más de una ocasión bajo los efectos del alcohol o las drogas es Valladolid, con 586, pero representan poco más de la mitad que en el caso de León, tal y como se puede comprobar en la tabla que acompaña a esta información.

La lista se completa con Burgos (435 conductores reincidentes), Salamanca (387), Segovia (369), Palencia (327), Zamora (314), Ávila (207) y Soria (170). En toda la comunidad la cifra se sitúa en un total de 3.835, mientras que en el conjunto del país asciende a 55.573.

Cabe recordar que la Dirección General de Tráfico (DGT) estaba trabajando con el objetivo de aprobar a lo largo de este año una nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial en la que se contemplaría la posibilidad de que los conductores reincidentes perdieran su carné hasta que un equipo médico certifique que han superado el problema de abuso del alcohol y/o las drogas. Falta ahora saber si los nuevos responsables del Ministerio del Interior van a seguir adelante con esta nueva ley y si se incluiría esta medida entre sus preceptos.

Cabe recordar que la normativa actual establece en 0,25 miligramos por litro de aire espirado la tasa de alcohol general permitida en los conductores, aunque se reduce a 0,15 miligramos en el caso de los profesionales y de todos aquellos que acaban de sacar el carné.

En cuanto a las sanciones por la vía administrativa, conductor con una tasa de entre 0,25 y 0,50 miligramos por litro de aire espirado supone una sanción de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carné. Mientras, superar los 0,50 miligramos eleva la sanción a mil euros y seis puntos. Finalmente, en el caso de los reincidentes, la sanción es también es de mil euros y la pérdida de puntos puede ser de cuatro o de seis en función de la tasa que registren. Conducir con presencia de drogas en el organismo supone mil euros y seis puntos.

Mientras, el capítulo cuatro del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico. Superar los 60 miligramos por litro de aire expirado o conducir bajo los efectos de las drogas puede suponer penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Además, la negativa a someterse al control de alcoholemia o de drogas puede suponer prisión de seis meses a un año y retirada del carné de uno a cuatro años.
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