Los empleados públicos de la Junta serán evaluados por su superior para optar a la carrera profesional

La Consejería de la Presidencia abre la mesa de negociación con los sindicatos para la aplicación de este reconocimiento a la trayectoria laboral

Ical
01/02/2020
 Actualizado a 01/02/2020
Los empleados públicos de la Administración General de Castilla y León se tendrán que someter a una evaluación de su labor de desempeño, que realizará su superior jerárquico y dará conformidad el responsable por encima del evaluador, para acceder al reconocimiento de la carrera horizontal profesional.

La implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a la que puede optar la totalidad de la plantilla -unos 85.000 trabajadores- es un compromiso del presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, que ya como candidato defendió en marzo de 2019 en las Cortes la proposición de ley presentada por su grupo.

La iniciativa legislativa se aprobó con los votos a favor de PP y Cs y en contra de PSOE y Podemos y en ella se establece que la primera convocatoria se producirá en diciembre de 2019 para su resolución en 2020 con una dotación mínima de 75 millones, siempre vinculado a la disponibilidad de recursos.

La Consejería de la Presidencia ha remitido ahora a los sindicatos el borrador de decreto por el que se aprueba el reglamento de la carrera horizontal profesional de los empleados públicos autonómicos, en la búsqueda del “máximo consenso”, como explicó su titular, Ángel Ibáñez, en su comparecencia del pasado jueves.

Según el borrador de decreto, conocido por Ical, el modelo de carrera horizontal, cuya convocatoria será anual y voluntaria, será de aplicación a todos los empleados públicos de la Administración General y sus organismos autónomos, también para el personal funcionario interino, conforme a los servicios prestados.

El reconocimiento expreso de la carrera profesional conlleva la percepción de un complemento, cuya cuantía, en función de las distintas categorías, grupos y subgrupos de titulación, se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

En el caso del personal docente que perciba el complemento específico de formación permanente (sexenios) y opte a la carrera profesional pero no cumpla con los requisitos establecidos tendrá derecho a seguir percibiendo los sexenios.

El sistema de carrera horizontal profesional establece cuatro categorías, cuyo acceso requerirá de una convocatoria previa anual por la Consejería competente en el área de la Función Pública, en este caso Presidencia. En el decreto se establece como requisito necesario para cualquier categoría profesional la evaluación positiva del desempeño profesional.

De esa manera, se valorará la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño, además el empleado público podrá aportar otros méritos y aptitudes por razón de la especificidad de la función desarrollada y la experiencia adquirida.

Entrevista obligatoria

La evaluación del desempeño, como recoge el decreto presentado a los sindicatos, se realizará obligatoriamente por un superior jerárquico y contará con la conformidad del responsable superior del evaluador. Por otro lado, los altos cargos evaluarán exclusivamente al personal que preste servicios bajo su dependencia directa.

En este proceso, la entrevista entre el superior jerárquico y el empleado público será obligatoria y previa a la cumplimentación del informe de evaluación del desempeño, para lo que los evaluadores deberán fijar la fecha para que los empleados la conozcan con antelación.

El informe de evaluación del desempeño se trasladará al empleado que dispondrá de un plazo de tres días para realizar alegaciones y observaciones que considere convenientes, una vez concluido este trámite el evaluador remitirá la totalidad de los informes al responsable superior, encargado de dar la conformidad para el reconocimiento de carrera profesional.

El decreto recoge también que, si la evaluación de desempeño de la tarea resultase negativa, el evaluador deberá proponer aquellas acciones formativas o planes de trabajo personalizados que considere necesarios para mejorar la actuación y rendimiento del evaluado.
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