León contará con nueve zonas de baño controladas sanitariamente

La temporada estival, que arranca el 15 de junio, contará este año en la provincia con nueve punto autorizados para el baño que serán controlados por la Consejería de Salud de la Junta de Castilla y León, ubicados todos en entornos naturales

Ical
08/06/2019
 Actualizado a 18/09/2019
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La temporada de baño arrancará en Castilla y León el próximo 15 de junio con un total de 30 playas naturales situadas en zonas de embalses, ríos y arroyos autorizadas por la Consejería de Sanidad, frente a las 35 con las que se inició la campaña de 2018. En todos espacios naturales existen exhaustivos controles que garantizan la seguridad del baño a lo largo de la temporada, que terminará el 15 de septiembre.

Durante toda la campaña de baño se llevan a cabo tomas de muestras semanales de agua e inspecciones visuales y se publica el resultado en el mapa de aptitud de las zonas con aguas autorizadas en el censo oficial de la comunidad. Para llevar a cabo estos controles, la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad cuenta con una red de 300 inspectores farmacéuticos que, entre otras tareas, se encargan de supervisar la salubridad necesaria.

La información que semana a semana se ‘cuelga’ del portal de Salud de la página web de la Junta de Castilla y Leónwww.salud.jcyl.es tiene objetivo de que los bañistas dispongan de los datos más actualizados posibles. Para ello, cuentan con la red de laboratorios de la comunidad, con una sede en cada provincia.

De las 31 zonas de baño o puntos de control autorizados este año, la mayor parte se localiza en la provincia de Zamora y León, con un total de nueve. En concreto, en el censo oficial figuran como aptas en la provincia zamorana la playa del lago de Sanabria en el municipio de Galende; la playas de los embalses de Villardeciervos y Muelas del Pan; y una zona de baño disponible en cada uno de los ríos situados en los términos municipales de Santa Cristina de la Polvorosa, Milles de la Polvorosa, Villanazar, Burganes de Valverde, Camarzana de Tera y Zamora.

En la provincia leonesa figuran nueve puntos más, en concreto en la zona autorizada en el lago de Carucedo en este municipio; dos zonas en el río a su paso por Cimanes del Tejar; dos en el río de Llamas de la Ribera; una en el río en Vega de Espinareda; una en el río de Igüeña; una en el río a la altura de San Martín de Moreda; y una más ubicada en el río de Cacabelos.

En el caso de Soria, las autorizaciones para el baño son cuatro, tres en las playas naturales en el embalse de Cuerda del Pozo, una muy cerca de Soria, otra en Cindones (que pertenece al municipio de Herreros) y una más en Vinuesa. Asimismo, figura otra zona más en el río Duero de San Esteban de Gormaz.

La provincia de Ávila tiene disponibles tres puntos de baño en la garganta de Navalonguilla (en el término municipal de Navalguijo), en el río de La Horcajada (Encinares), y en el arroyo de Navalacruz. En Palencia se sitúan las dos playas de los embalses de Aguilar de Campo y Ruesga (Cervera de Pisuerga); en Segovia el embalse de Maderuelo; en Burgos el embalse de Arija; y, finalmente, en Valladolid, la playa de las Moreras en el río Pisuerga.

Valoración de aptitud


La valoración de aptitud de las zonas de baño se realiza en función del decreto 80/2008 sobre la gestión sanitaria de la calidad de las aguas de baño en la comunidad de Castilla y León, una de las pocas autonomías que disponen de normativa propia, que desarrolla el Real Decreto que se dictó a tal efecto. Para ello, los técnicos realizan tanto controles visuales como de las aguas, en concreto de los valores paramétricos de enterococos intestinales y de escherichia coli en función de los riesgos existentes para los bañistas.

El año pasado, de las 333 muestras realizadas en las 35 zonas autorizadas en cuatro ocasiones dieron resultados negativos de aptitud, por lo que tuvo que prohibirse el baño, es decir en el 13,32 por ciento de las ocasiones. Para que una playa se autorice y controle, el ayuntamiento afectado debe solicitarlo y garantizar que puede atender la zona de baño, es decir, las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad de las playas, así como controlar los posibles puntos de vertido que gestione la entidad local y se encuentren cerca de la playa, para evitar cualquier riesgo.

Además, deben instalar carteles en lugares visibles con información sobre la aptitud de la zona, la calidad de las aguas, si existe prohibición expresa o recomendación de no bañarse, y con las normas de educación sanitaria. También, han de prohibir el baño o recomendar abstenerse a instancia de la Agencia de Protección de la Salud.
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